Descripción
Permite emitir, consultar o anular una o varias boletas de honorarios de forma digital.
¿A quién va dirigido?
keyboard_arrow_downContribuyentes con inicio de actividades en la segunda categoría de la ley sobre impuesto a la renta, autorizados por el SII para emitir este tipo de documentos electrónicos, que cuenten con clave secreta o certificado digital.
Detalles
keyboard_arrow_downEl trámite cuenta, además, con herramientas que facilitan la emisión de boletas:
- Emitir boleta de honorarios electrónica.
- Consultas sobre boletas de honorarios electrónicas.
- Anulación y observación de boletas emitidas.
- Delegar emisión a un usuario autorizado.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
keyboard_arrow_downNo es necesario ningún documento.
¿Cuál es el costo del trámite?
keyboard_arrow_downNo tiene costo.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
keyboard_arrow_down- Haga clic en "ir al trámite en línea".
- Una vez en el sitio web de la institución, escriba su RUT y clave, y haga clic en "ingresar". Si no está registrado, cree una cuenta.
- En el menú "servicios online", haga clic en "emisor de boleta de honorarios" y complete los datos requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá emitido una boleta de honorarios electrónica.
Marco Legal
keyboard_arrow_downResolución exenta Nº 83, del 30 de agosto del 2004, que establece instrucciones sobre la emisión y uso de boletas de honorarios electrónicas.