Corregir o rectificar declaraciones con formulario 29 o 50

Última actualización:

Descripción

Si eres un contribuyente, una persona natural o jurídica, corrige o rectifica la declaración hecha con formulario 29 o 50. Se debe realizar siempre que detectes alguna diferencia en lo informado, ya sea que esté o no notificado por el Servicio de Impuestos Internos (SII).

Haz el trámite durante todo el año en el sitio web y en las oficinas del SII.

El trámite permitirá no tener inconsistencias en los cruces que se realicen para la fiscalización del IVA, las retenciones a contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile, por el formulario 50 y la fiscalización a la renta. En el caso de declaraciones de renta anuales, donde se soliciten devoluciones por retenciones, Pago de Provisiones Mensuales (PPM) y otras, deben coincidir con lo que se declara en los formularios de impuestos mensuales, 29 o 50, en caso contrario, se deben rectificar estas declaraciones mensuales.

Respecto al pago por caja o cupón de pago, los formularios 29 y 50 no son rectificables, puesto que una vez que se pagan en la institución financiera, pasan al estado de una declaración, para posteriormente ser presentados y que se pueda rectificar la información de la declaración de IVA (F29) y declaración Formulario 50 (F50).

Revisa más información.

Si haces el trámite en la oficina debes presentar:

  • Declaración que registra las correcciones (F29 o F50) y los documentos que respalden dichas correcciones.
  • Cédula de identidad del contribuyente.
  • Poder o mandato si quien realiza el trámite no es el contribuyente.

Ingresa al sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) y selecciona la opción a la cual deseas acceder:

  • Declaración mensual (F29).
  • Declaración mensual (F50).

Luego, haz clic en "Corregir o rectificar declaración". Escribe tu RUT y clave tributaria. Si no estás registrado, crea una cuenta. También puedes acceder con ClaveÚnica

Completa la información que quieres corregir, y haz clic en "Enviar". Si necesitas pagar impuestos, se desplegará automáticamente el vínculo con los bancos en convenio.

También puedes acudir a una oficina del SII

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Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

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