Aguinaldo de Navidad para pensionados IPS

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Descripción

Es un monto de dinero que recibirás automáticamente con tu pensión de diciembre si cumples con los requisitos como persona beneficiaria.

Aspectos importantes que debes conocer sobre el Aguinaldo de Navidad:

  • El monto base es de $29.055, que aumentará en $16.415 por cada carga familiar que tengas acreditada al 30 de noviembre de 2025.
  • Recibirás el pago solamente si estás pensionada o pensionado al 30 de noviembre de 2025.
  • Este dinero no tiene descuentos. Además, no se considera para el pago de impuestos (no es tributable) ni las cotizaciones previsionales y/o de salud (no es imponible).

Para recibir el Aguinaldo de Navidad, tienes que cumplir con alguna de las siguientes condiciones al 30 de noviembre de 2025:

  1. Recibir una pensión:
  2. Ser una persona beneficiaria:

Si recibes Asignación Familiar por cargas que son beneficiarias de una pensión de sobrevivencia, solo tendrás derecho al aguinaldo como pensionada o pensionado, por ende no recibirás el incremento de $16.415. Solamente podrás recibir el aumento si tus cargas tienen una pensión de orfandad, ya que se consideran carentes de renta.

Tendrás derecho a un aguinaldo, aun cuando recibas más de una pensión, subsidio o indemnización.

Como funcionarios de planta o a contrata del sector público solo podrás acceder a la parte del aguinaldo que excede la cantidad que te corresponde como persona pensionada, o beneficiaria del Subsidio de Discapacidad o de la indemnización compensatoria de la industria del carbón (según sea el caso).

Para calcular el monto se tomará en cuenta el total líquido que recibes, es decir, tu remuneración más tu pensión, subsidio o indemnización. Si tienes un Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) se considerará como parte de tu pensión.

Importante: si recibes el aguinaldo sin que te corresponda, tendrás que devolver 5 veces este monto. Además, podrías enfrentar sanciones administrativas (multas) y penales.

Si tienes dudas o quieres saber si recibirás el Aguinaldo de Navidad (IPS):

Para las y los empleadores, otorgar aguinaldo a sus trabajadores no es una obligación legal, como sí lo son, por ejemplo, las gratificaciones.

No obstante, como trabajadora o trabajador del sector privado, puedes tener derecho a recibir aguinaldo de Navidad en caso de que:

  • Esté contemplado en tu contrato de trabajo.
  • Exista un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula.

En estos casos, el aguinaldo sí puedes exigirlo a tu empleador (empresa) como un derecho.

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