Descripción
Es un aporte temporal que entrega el Estado a familias que pueden realizar un pago mensual por el arriendo de una vivienda. Si tu familia es beneficiada, recibirá un subsidio total de 170 Unidades de Fomento (UF), que se entrega de manera mensual con un tope de 4,2 UF, el que podrá ser utilizado de manera consecutiva o fragmentada en un plazo máximo de ocho años.
El valor del arriendo de la vivienda no podrá superar las 11 UF. Sin embargo, el monto máximo del subsidio y del arriendo pueden variar según la localización geográfica de la comuna en que se encuentra la vivienda. Para este llamado, el monto máximo de arriendo será de 13 UF para todas las comunas de las regiones de Arica y Parinacota, Antofagasta, Atacama, Metropolitana, Aysén y Magallanes. En estos casos el aporte mensual será de 4,9 UF.
Revisa más información.
Revisa quiénes pueden acceder y los requisitos
Conocer másFamilias allegadas, o que actualmente son arrendatarias, que necesiten una solución habitacional por un tiempo determinado (ocho años como máximo), puedan pagar un arriendo y cumplan con los siguientes requisitos:
- Tener mínimo 18 años.
- Contar con cédula nacional de identidad vigente. Las personas extranjeras deben presentar cédula de identidad para extranjeros vigente.
- Postular al menos con tu cónyuge, conviviente civil, conviviente (no formalizado por un Acuerdo de Unión Civil) o hijo. Las personas que tengan más de 60 años al momento de postular no necesitan contar con núcleo familiar.
- Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el tramo de calificación socioeconómica del 70%. Se permitirá una postulación por RSH en cada llamado.
- Acreditar un ahorro mínimo de 4 Unidades de Fomento (UF) en una cuenta de ahorro para la vivienda, la que debe estar a nombre del postulante, cónyuge o conviviente civil.
- Tener un ingreso familiar de entre 7 y 25 UF. Por cada integrante familiar por sobre el tercero, el ingreso máximo mensual familiar aumentará en 8 UF (es decir: si son 4 personas, puedes tener un ingreso familiar de hasta 33 UF; si son 5 personas, 41 UF; y así, sucesivamente).
- Tener cotizaciones previsionales informadas en línea por la Superintendencia de Pensiones (SP).
- Si no tienes contrato de trabajo, puedes acreditar ingresos presentando un informe emitido por el Servicio de Impuestos Internos (SII) de los últimos 6 meses de boletas de honorarios, las últimas 6 liquidaciones de alcance líquido o el comprobante de pago de tu pensión de invalidez, vejez o sobreviviencia.
- Contar con certificación de ahorro en instituciones financieras que mantengan convenio de consulta en línea con el Minvu (Banco Estado, Scotiabank/Desarrollo, Coopeuch y Caja Compensación Los Andes).
Conoce más detalles
Conocer más- Si tu familia resulta beneficiaria deberá pagar mensualmente una parte del valor del arriendo de la vivienda, ya que la diferencia será cubierta con el subsidio obtenido.
- Este aporte permite arrendar en cualquier comuna del país. También puedes cambiar de vivienda a cualquier región y postular, en un futuro, a un subsidio para comprar una vivienda.
- Tu familia puede postular de manera simultánea al Subsidio Sectores Medios DS1. En el caso del Subsidio Fondo Solidario DS49, puede postular siendo beneficiaria del Subsidio de Arriendo Regular.
Lee el marco legal
Conocer más- Decreto Supremo (DS) Nº 52, de 2013, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu).
- Resolución Exenta Nº 1.007 de 2025.
- Resolución Exenta N° 1.302 de 2025.