Inscribirse en el Registro Nacional de Acuicultura de centros que no requieren concesión de acuicultura

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Descripción

Permite obtener una autorización para desarrollar actividades de acuicultura, a centros que no cuenten con concesión y que se encuentren ubicados en terrenos de propiedad privada con captación de aguas continentales o marinas, o ubicados en aguas que nacen, corren y mueren en una misma propiedad.

La inscripción está disponible durante todo el año en las oficinas de Sernapesca.
  • Personas naturales chilenas, o extranjeros con residencia definitiva en Chile.
  • Personas jurídicas, en caso de tener participación de capital extranjero deben contar con la aprobación para la inversión extranjera.
  • Formulario de inscripción en el Registro Nacional de Acuicultura.
  • Formulario de proyecto técnico.
  • Fotocopia de la cédula de identidad o RUT en caso de personas jurídicas.
  • Planos de ubicación geográfica y de las instalaciones.
  • Resolución de calificación ambiental en caso requiera someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental.
  • En caso de una persona jurídica, documentos que acrediten al representante legal y la sociedad.
  • Documentos que acrediten la calidad jurídica del terreno y las aguas.

Importante: en caso de ingresar la solicitud incompleta, se devolverá la documentación formalmente al solicitante. 

- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina de Sernapesca de la región donde desea realizar el proyecto de cultivo.
  3. Explique el motivo de su visita: inscribirse en el registro de centros que no requieren concesión de acuicultura.
  4. Entregue los antecedentes requeridos. Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción en el registro de centros que no requieren concesión de acuicultura. 

Importante:

  • Si la documentación cumple con los requisitos, se enviará a la dirección nacional de Sernapesca para su trámite en los departamentos de administración pesquera y jurídico. Posteriormente se emitirá una resolución exenta y se inscribirá en el Registro Nacional de Acuicultura (RNA).
  • La solicitud será evaluada dentro de un plazo promedio de 20 días hábiles aproximadamente, y será informado vía oficio si la solicitud fue aceptada o rechazada.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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