Descripción
Si eres una persona natural, solicita al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) que te reconozca como pescador artesanal, según lo que establece la Ley General de Pesca y Acuicultura, para ejercer la actividad pesquera extractiva artesanal de acuerdo con la categoría que solicites. Las cuales pueden ser:
- Armador,
- Pescador artesanal,
- Buzo y recolector de orilla.
- Buzo de apnea
- Alguero.
También, si eres propietaria o propietario, debes inscribir hasta 2 embarcaciones artesanales, siempre que cada una no supere los 18 metros de eslora ni los 80 metros cúbicos de capacidad de bodega. El objetivo es que puedas realizar actividades de extracción de los recursos autorizados.
Conoce los requisitos
Conocer más- Ser persona natural, chilena o extranjera con permanencia definitiva, o ser persona jurídica de conformidad con el artículo 2°, N° 28 de la ley.
- Haber obtenido el título o matrícula de la Autoridad Marítima que lo habilite para desempeñarse como tal. Este requisito no será aplicable a la categoría de recolector de orilla, alguero y buzo apnea.
- Acreditar domicilio en la región, especificando comuna y caleta base en la cual se solicita la inscripción, y no encontrarse inscrito en otras regiones en el registro artesanal.
- Los pescadores artesanales, para estar en el Registro, deberán acreditar residencia efectiva de al menos tres años consecutivos en la región respectiva.
- Acreditar el dominio de ellas mediante su inscripción como embarcación pesquera en los registros a cargo de la autoridad marítima, de acuerdo con las leyes y reglamentos.
- Acreditar las características principales de la embarcación artesanal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2°, N° 14 de la ley.
- Acreditar que el armador se encuentre inscrito como pescador artesanal, en las categorías de pescador artesanal propiamente tal o buzo.
- La inscripción de la embarcación solo podrá practicarse en la región donde el pescador se encuentre inscrito.
- No estar inscrito en el Registro Pesquero Industrial.
Revisa los documentos
Conocer más- Fotocopia de la cédula de identidad vigente
- Fotocopia de la matrícula de la Autoridad Marítima, con excepción de la categoría de recolector de orilla, buzo apnea o alguero.
- Certificado de residencia en la región que solicita inscripción y que acredite al menos 3 años consecutivos de residencia efectiva mediante declaración jurada notarial, o bien por la junta de vecinos; solicitar formato exclusivo para estos fines en la oficina Sernapesca más cercana.
- Fotocopia del certificado de matrícula de la embarcación
- Fotocopia del certificado de navegabilidad vigente de la embarcación.
- Fotocopia del anexo del certificado de matrícula que acredite la capacidad de bodega para embarcaciones menores a 12 metros de eslora.
- Fotocopia por ambos lados del certificado de arqueo que acredite la capacidad de bodega, para embarcaciones iguales o mayores a 12 metros de eslora.
- Solicitud de cancelación (solo si la embarcación se encuentra inscrita en el Registro Pesquero Artesanal (RPA) a nombre de otro armador), solo si corresponde.
Solicita la autorización
Conocer másPara realizar el trámite, elige la opción que más te acomode:
Reúne la documentación requerida y envíala al correo electrónico correspondiente a tu región.
Ingresa al sitio web de Sernapesca y revisa los correos en el apartado de "Guía Online".
Importante: recibirás una respuesta de Sernapesca en un plazo máximo de 25 días corridos.
Reúne la documentación requerida y dirígete a la oficina de Sernapesca de tu región para realizar el trámite.
Deberás completar las solicitudes:
- Pescador artesanal: Rpa-04 y Rpa05.
- Embarcación: Rpa-03 y Rpa05.
Importante: recibirás una respuesta de Sernapesca en un plazo máximo de 25 días corridos.
Obtén más información
Conocer másSi tienes dudas, comunícate con el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) a través de sus canales de atención.