Arbitraje en controversias con una compañía de seguros

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Descripción

Si eres una persona asegurada o beneficiaria de un seguro, solicita a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) que actúe como juez (árbitro) para tramitar y resolver una controversia que tengas con una compañía de seguros.

El procedimiento se puede realizar si en la póliza del seguro existe una cláusula sobre solución de conflictos, con la denominación: arbitraje, solución de controversias u otra que se pueda homologar.

Importante: a diferencia de la "reclamación", este es un procedimiento especial de tipo judicial que se tramita y resuelve en forma judicial.

Obtén más información.

La CMF puede aceptar o rechazar tu petición, dependiendo de si califica o no.
Solicita el arbitraje a la CMF durante todo el año a través del sitio webcorreo postal y en la oficina de la CMF.

Para realizar el trámite, elige la opción que más te acomode:

Importante:

  • Si reclamas una indemnización de seguro podrás solicitar a la CMF que haga el arbitraje siempre y cuando el monto sea de hasta 120 UF (o 500 UF si es un seguro obligatorio).
  • Si el monto es superior a lo señalado, podrás pedir el arbitraje siempre y cuando la compañía de seguros acepte (mutuo acuerdo).

El arbitraje no tiene un plazo de tramitación preestablecido, por lo que la duración del juicio dependerá de las actuaciones y diligencias que tengas con la compañía de seguros, de la mayor o menor complejidad de las materias sometidas a la decisión de la CMF, o situaciones nuevas.

Si tienes dudas, comunícate con la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) a través de sus canales de atención.

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