Descripción
Si eres bombera o bombero y tuviste un accidente en un acto de servicio o te diagnosticaron una enfermedad asociada a tu labor, solicita el reembolso de los gastos médicos y hospitalarios (hasta el alta definitiva), aparatos ortopédicos y medicamentos.
Deberás atenderte en:
- La red del sistema de salud.
- Mutualidades que atienden a personas trabajadoras por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales.
- Hospitales de las Fuerzas Armadas y de Orden.
- Hospitales clínicos de la Universidad Católica y la Universidad Chile.
- Hospital Clínico José Joaquín Aguirre.
Obtén más información.
Revisa la documentación requerida
Conocer másPara acceder a este beneficio debes presentar:
- Certificado del superintendente de bomberos que acredita que eres bombero o bombera.
- Certificado de Carabineros de Chile correspondiente al lugar donde te lesionaste. Debe incluir: fecha y hora del accidente, y descripción del acto de servicio (extinción de incendio, rescate, ejercicios de compañía, guardia nocturna, entre otras).
- Informe del médico tratante que se desempeña en un establecimiento del Servicio de Salud, en el hospital clínico de la Universidad Católica o de la Universidad de Chile, en instituciones médicas de las Fuerzas Armadas y de Orden, o en las mutuales de empleadores establecidas en la Ley N° 16.744.
- Boletas o facturas del centro asistencial donde recibiste las atenciones médicas relacionadas con el accidente o la enfermedad.
Importante: debes estar en el Registro Nacional de Bomberos.
Solicita el pago o reembolso
Conocer másIngresa al portal CMF sin papel con tu ClaveÚnica. Deberás completar los campos solicitados y en la opción "Tipo de documento", seleccionar "Solicitud de pago o reembolso de prestaciones médicas para bomberos".
También, podrás enviar la documentación por correo (junto a una carta) a la CMF, ubicada en avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449, Torre I piso 1, Santiago.
Si deseas hacerlo presencial:
- Región Metropolitana: acude a la oficina de partes de la CMF (en la dirección mencionada).
- Otras regiones: dirígete a la oficina del Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) más cercana, para la derivación a la CMF.
Importante: tendrás una respuesta en un plazo de 45 días.
Lee el marco legal
Conocer más- Ley N° 16.744, de 1968, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
- Decreto de Ley (DL) N° 1.757, de 1977, que otorga beneficios por accidentes y enfermedades a los miembros de los cuerpos de bomberos.