Descripción
Solicita a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) el reembolso de los gastos correspondientes al pago de los servicios funerarios y de sepultación, cuando un bombero fallece en un acto de servicio.
Importante:
- Este beneficio tiene un tope de 12 Ingresos Mínimos Mensuales (IMM).
- El o la bombera fallecida deberá estar en el Registro Nacional de Bomberos al momento del accidente.
Obtén más información.
Revisa la documentación requerida
Conocer másPara acceder a este beneficio debes contar con:
- Certificado del superintendente de bomberos que acredita que la persona fallecida era miembro voluntario del Cuerpo de Bomberos.
- Informe fundado en una investigación sumaria que dé cuenta de las circunstancias del accidente.
- Certificado de Carabineros de Chile del territorio administrativo donde resultó fallecido, con la siguiente información: fecha y hora del accidente, y descripción del acto de servicio que estaba ejecutando (extinción de incendio, rescate, ejercicios de compañía, guardia nocturna, entre otras).
- Informe del médico tratante de uno de los establecimientos de servicio de salud, hospitales clínicos de la Universidad Católica o Universidad de Chile, hospitales de las Fuerzas Armadas y de Orden, o de las mutualidades de empleadores establecidos por la Ley N° 16.744.
- Certificado de defunción.
- Boletas o facturas de la funeraria a tu nombre.
Solicita el reembolso
Conocer másPara realizar el trámite:
- Ingresa al sitio web de la CMF con tu ClaveÚnica. Si no la tiene, solicítala.
- Envía un correo postal con los documentos o dirígete a la oficina de partes de la CMF, ubicada en avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449, torre 1, piso 1, Santiago. Si eres de región, acude a una oficina del Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) para la derivación a la CMF.
Importante: obtendrás una respuesta en un plazo de 45 días.
Obtén más información
Conocer másSi tienes dudas, comunícate con la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) a través de sus canales de atención.