Descripción
Permite a beneficiarios del Crédito con Garantía Estatal (CAE) que perdieron su trabajo o no han encontrado uno, solicitar la suspensión del cobro de sus cuotas a la Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores (Comisión Ingresa).
Para acogerse al beneficio, hay que estar al día en el pago de la deuda o tener una morosidad no mayor a 45 días corridos desde que se dejó de pagar.
Importante: las cuotas suspendidas se cobrarán al final de tu cuadro de pago, manteniendo su mismo valor en UF, sin que se generen intereses por la suspensión del pago. Estas cuotas no podrán ser postergadas nuevamente cuando te corresponda pagarlas, sin embargo, podrás solicitar que sean rebajadas al 10% de tu renta.
¿A quién va dirigido?
Conocer másDeudores del Crédito con Garantía Estatal (CAE) que estén sin trabajo.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másDocumentos que acrediten tu situación familiar, socioeconómica y condición de cesantía, así como la de tu cónyuge, conviviente o conviviente civil, si es el caso.
Para evitar que te desplaces durante la crisis sanitaria, si eres soltero o soltera, podrás acreditar esa condición, adjuntando uno de estos documentos:
- Informe de No Matrimonio, emitido por el Registro Civil e Identificación.
- Declaración jurada de soltería, firmada ante Notario, de hasta un año de antigüedad, o bien, una declaración jurada simple de soltería, firmada por la persona interesada, en el que:
- Declare que estás soltero o soltera.
- Expreses que dicha declaración la realizas para solicitar la suspensión de pago del Crédito con Garantía Estatal (CAE) y que por razones de fuerza mayor, no es posible que vayas hasta una notaría pública.
Importante: para realizar el trámite online, debes estar registrado en el sitio web de Ingresa, o poseer ClaveÚnica.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másEl beneficio se otorga por seis meses y puede ser renovado.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Haz clic en "ir al trámite en línea".
- Una vez en el sitio web de Comisión Ingresa, escribe tu RUT y clave, y haz clic en "clave ingresa". Si no estás registrado, solicite una clave; o bien, accede con tu ClaveÚnica.
- Completa los datos requeridos, adjunta los documentos, y haz clic en "enviar solicitud".
- Imprime y guarda el comprobante de tu requerimiento.
- Como resultado del trámite, habrás solicitado la suspensión del cobro de las cuotas del crédito con Garantía Estatal por cesantía. Comisión Ingresa evaluará tu requerimiento en un plazo de 30 días hábiles y enviará la respuesta a su correo electrónico. Si la postulación es rechazada, tienes derecho a presentar una nueva solicitud para acceder al beneficio.
Si requieres más información:
- Lee las preguntas frecuentes.
- Llama al 600 901 1000 / (56) 2 271 20 610 (de lunes a viernes, de 9:00 a 19:00 horas).
- Escribe al sistema de atención de consultas.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 20.027.
- Ley Nº 20.634.
- Reglamento del Sistema de Créditos con Garantía del Estado (desde el 28 de enero de 2006 al 23 de mayo de 2011).
- Reglamento del Sistema de Créditos con Garantía del Estado (a partir del 24 de mayo de 2011).
- Reglamento del Sistema de Créditos con Garantía del Estado (a partir del 25 de mayo de 2013).