Descripción
Permite la incorporación al registro de actividades reguladas por la ley de alcoholes, y sirve para controlar que la producción y comercialización de alcoholes etílicos, bebidas alcohólicas, mostos y vinagres.
Obtenga más información.
¿A quién va dirigido?
Conocer másToda persona natural (primera categoría) o jurídica que produzca, elabore, envase, comercialice, importe o exporte bebidas alcohólicas, y usuarios de alcohol etílico no desnaturalizado para fines distintos de la bebida, que cumplan los siguientes requisitos:
- Contar con inicio de actividades del Servicio de Impuestos Internos (SII).
- Solicitar la inscripción en un plazo de 30 días, contados desde de la fecha de presentación de la declaración jurada de inicio de actividades ante el SII.
Detalles
Conocer másToda persona natural o jurídica que produzca, envase, comercialice, importe o exporte productos regulados por la ley de alcoholes, debe realizar ante el SAG su inicio de actividades, a través de un formulario especial del servicio, con lo que quedará inscrito en el registro.
También debe dar aviso sobre cualquier cambio en la razón social, ampliación de giro o término de la actividad.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- La persona solicitante debe contar con ClaveÚnica.
- Carnet de identidad del representante legal.
- Inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), o los antecedentes que acrediten que la persona interesada no se encuentra obligada legalmente a hacer tal declaración.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másIndefinida.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en "ir al trámite en línea".
- Una vez en el sitio web de Cerofilas del SAG, seleccione el trámite “comunicación de inicio de actividades ley de alcoholes”, y haga clic en "iniciar sesión".
- Ingrese su RUT y ClaveÚnica, y haga clic en "continuar".
- Complete la solicitud en línea. Si su empresa es jurídica, registre los antecedentes de la empresa que requiere comunicar el inicio de actividades ante el SAG.
- Adjunte los antecedentes requeridos, y siga las instrucciones.
- Pague el trámite en línea de acuerdo con las instrucciones.
- Como resultado del trámite, el SAG emitirá una respuesta, la cual llegará al correo registrado, indicándole que su solicitud ha sido respondida. Para revisar la respuesta, inicie sesión, diríjase a bandeja de entrada, y haga clic en "realizar".
- Para revisar la respuesta, inicie sesión y diríjase a bandeja de entrada y luego ingrese a la solicitud. Si su solicitud se encuentra aprobada, podrá obtener el comprobante de comunicación ee inicio de actividades Ley Alcoholes.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 18.455, que fija normas sobre producción, elaboración y comercialización de alcoholes etílicos, bebidas alcohólicas y vinagres.
- Decreto Nº 78, de 1986: reglamento de la ley.
- Decreto exento Nº 88, de 2004, que fija el valor de la tarifa.