Descripción
Permite solicitar a la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Salud la resolución que autoriza el uso, consumo y disposición de alimentos importados.
Al ingresar los alimentos a Chile, el Servicio Nacional de Aduanas exigirá a los importadores el Certificado de Destinación Aduanera (CDA), en el que consta el lugar donde se depositarán, la ruta y las condiciones del traslado (tanto del vehículo como del transportista) desde los recintos aduaneros hasta la bodega o almacén de destino.
Una vez que concluye el procedimiento mencionado anteriormente, los interesados podrán solicitar la autorización de uso y disposición de los alimentos importados.
¿A quién va dirigido?
Conocer más- Personas naturales y jurídicas que importan alimentos de consumo humano.
- Agentes de aduana acreditados.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Certificado de Destinación Aduanera (CDA).
- Certificados sanitarios si se trata de productos derivados de bovinos.
La SEREMI de Salud podrá solicitar adicionalmente los siguientes documentos:
- Factura comercial emitida en el origen por el proveedor o el fabricante del producto.
- Certificados sanitarios de origen del producto (válido para cada partida de importación).
- Certificado de libre venta de los productos.
- Resultados de los análisis practicados a los alimentos en el país de origen.
- Ficha técnica en español emitida por el fabricante de alimentos.
- Rótulo o proyecto de rotulación con el formato que permita dar cumplimiento al Reglamento Sanitario de Alimentos.
- ClaveÚnica, si realiza el trámite de forma online.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másLa resolución de autorización se mantendrá vigente hasta que los productos de la partida de importación sean utilizados en su totalidad o expiren.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Haga clic en “solicitar autorización”.
- Una vez en el sitio web de la institución, seleccione "8 autorización de importación de alimentos (uso y disposición)" y haga clic en "ir al trámite".
- Digite su RUN y clave de ClaveÚnica, y pulse "continuar". Si no la tiene, solicítela.
- Complete el formulario con los antecedentes, las identificaciones y los archivos, y pulse "finalizar ingreso".
- Seleccione la modalidad para pagar el arancel correspondiente.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la aprobación del proyecto.
Importante:
-
- Considerando el riesgo epidemiológico, la composición del alimento, el historial de importaciones y las denuncias de infracciones de alimentos importados, el trámite puede ser:
- Directo.
- Con inspección sin toma de muestra.
- Con inspección y toma de muestra.
- Revise el manual explicativo del proceso.
- Considerando el riesgo epidemiológico, la composición del alimento, el historial de importaciones y las denuncias de infracciones de alimentos importados, el trámite puede ser:
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la Secretaría Regional Ministerial de Salud (SEREMI de Salud) correspondiente a su región, provincia o comuna.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la autorización de importación de alimentos.
- Entregue los antecedentes, y complete el formulario de la solicitud de aprobación.
- Pague el arancel del trámite en la caja de la SEREMI de Salud o en la entidad bancaria que le indique el funcionario.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la aprobación del proyecto. Obtendrá una resolución de aprobación o rechazo, la que deberá ser retirada en las oficinas de la SEREMI de Salud correspondiente, presentando el recibo del pago del arancel.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másLos aranceles van desde $30.600 hasta $242.300, según la cantidad de sustancia importada.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 18.164 del Ministerio de Hacienda.
- Código Sanitario.
- Decreto Nº 977 de 1996 sobre el reglamento sanitario de alimentos.
- Resolución exenta Nº 322 de 2015 del Ministerio de Salud.
- Decreto con Fuerza de Ley (DFL) Nº 1 de 2005 del Ministerio de Salud.
- Decreto Supremo (DS) Nº 3 de 2010 del Ministerio de Salud.
- Resolución exenta Nº 473 de 2008 y sus modificaciones.
- Decreto Supremo (DS) Nº 16 de 1995 del Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Ley Nº 19.799 de 2002 sobre documentos electrónicos, firma electrónica, entre otros.
- Ley Nº 19880 de 2003 que establece la base de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado.