Certificado de viajes

Última actualización:

Descripción

Permite certificar los registros de entrada y salida de Chile de una persona, desde el año 1981 a la fecha.

A contar del 24 de enero de 2020, no se requiere certificado de viajes para postular a la Permanencia Definitiva.

La solicitud de certificado está disponible durante todo el año a través de correo electrónico del departamento o sección de Migraciones y Policía Internacional, correspondiente a su lugar de residencia.
  • Formulario de solicitud de certificado de viajes.
  • Fotografía de pasaporte, cédula de identidad, DNI o documento que hubiese sido utilizado en el viaje.
  • Si es persona extranjera residente en el país, deberá adjuntar fotografía de su visa de residencia.

Importante.

  • Para solicitudes de personas menores de edad, los apoderados o apoderadas deberán consignar en el correo electrónico que es para “menor de edad”, y el documento que acredite su vínculo con el o la menor de edad. De no hacerlo, no se realizará dicho trámite.
  • Terceras personas que realicen trámites en representación de otras, deberán adjuntar el respectivo poder. De no hacerlo, no se realizará dicho trámite.
- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Envíelos como archivo adjunto a la cuenta de correo electrónico del Departamento o sección de Migraciones y Policía Internacional correspondiente a su lugar de residencia. En el asunto, debe decir lo siguiente: SOLICITUD CERTIFICADO DE VIAJES PARA (señalar dónde será presentado).
  3. Como resultado del trámite, habrá solicitado el certificado. Una vez realizada la solicitud, se le responderá el correo electrónico que contendrá las instrucciones para el depósito del pago correspondiente. 

Importante:

  • Para solicitudes de personas menores de edad, los apoderados o apoderadas deberán consignar en el correo electrónico que es para “menor de edad”, y el documento que acredite su vínculo con el o la menor de edad. De no hacerlo, no se realizará dicho trámite.
  • Terceras personas que realicen trámites en representación de otras, deberán adjuntar el respectivo poder. De no hacerlo, no se realizará dicho trámite.
- Instrucciones trámite en el Consulado

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