Descripción
El Programa de Recuperación de Suelos Degradados del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) es una ayuda económica, no reembolsable, que sirve para cofinanciar aquellas actividades y prácticas destinadas a recuperar los suelos agropecuarios degradados, y mantener los niveles de mejoramiento alcanzado.
Los valores de las actividades a bonificar son fijados en una tabla de costos.
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Conoce quiénes pueden acceder
Conocer másProductoras y productores agrícolas del país (personas naturales o jurídicas), que sean propietarios, arrendatarios, comodatarios, usufructuarios o medieros, y cumplan con los requisitos establecidos en la Ley N° 20.412, su reglamento y las bases de sus respectivos concursos públicos.
Revisa qué documentos necesitas
Conocer másPresentar un plan de manejo, que deberá ser elaborado por un operador acreditado (requisitos en el reglamento), quien deberá estar inscrito en el listado de operadores acreditados por regiones disponible en el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y en el Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP).
Revisa las bases del concurso por región.
Antecedentes generales requeridos:
- Persona natural: nombre y domicilio, junto con la fotocopia de tu cédula nacional de identidad.
- Persona jurídica: nombre o razón social y domicilio, junto con una fotocopia del RUT de la persona jurídica y de la cédula de identidad de tu o tus representantes legales.
- Nombre y ubicación de la superficie de uso agropecuario del predio que se beneficiará, indicando las coordenadas georreferenciadas de cada potrero.
- Presentar los antecedentes que acrediten la condición de pequeño, mediano o gran productor agrícola, según lo establecido en las respectivas bases regionales.
- Presentar un plan de manejo e informe técnico.
- Tratándose de arrendatarios, medieros o aparceros, y comodatarios, estos deberán contar con iniciación de actividades en el giro agropecuario ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).
- Entregar una declaración jurada simple, según lo establecido en el reglamento del programa.
- Presentar fotocopia simple de la inscripción de dominio vigente del predio en el Conservador de Bienes Raíces respectivo, de una antigüedad no superior a 180 días.
Antecedentes específicos:
- Documentos que acrediten tu calidad de propietario, arrendatario, usufructuario, comodatario, mediero, integrante de comunidad agrícola, comunero por sucesión hereditaria o cónyuge de la persona propietaria que explota el predio.
Postula al programa
Conocer másRevisa las convocatorias de los concursos regionales vigentes. Con los antecedentes solicitados, dirígete a la oficina del SAG más cercana a tu domicilio para postular al programa.
Importante:
- Este trámite no tiene establecido un plazo de resolución.
- Cada región, de acuerdo con el reglamento y las bases de los concursos regionales, publica un aviso en un diario regional, indicando que las listas de preseleccionados y seleccionados están disponibles en las respectivas oficinas sectoriales y direcciones regionales del SAG.
Obtén más información
Conocer másEl programa bonifica los costos netos de las siguientes actividades (Ley N° 20.412):
- Incorporación de fertilizantes de base fosforada: busca recuperar y mantener la fertilidad fosforada natural de los suelos.
- Incorporación de elementos químicos esenciales: su objetivo es corregir la acidez o salinidad excesiva de los suelos, como también arreglar la deficiencia de los siguientes elementos químicos esenciales: azufre, potasio y calcio.
- Establecimiento de una cubierta vegetal en suelos descubiertos o con cobertura deteriorada: pretende restablecer o regenerar una cubierta vegetal permanente en suelos degradados, así como también mantener los niveles recuperados.
- Empleo de métodos de intervención del suelo, entre otros, la rotación de cultivos, orientados a evitar su pérdida y erosión, y a favorecer su conservación: incentiva la utilización de labores y prácticas destinadas a conservar o recuperar los suelos agrícolas, incluyendo la rotación de cultivo.
- Eliminación, limpieza, confinamiento de impedimentos físicos o químicos: su objetivo es habilitar suelos para fines agropecuarios que, actualmente, no pueden ser utilizados por presentar tocones, troncos muertos, matorral sin valor forrajero, piedras u otro impedimento físico.
Lee el marco legal
Conocer más- Ley Nº 20.412 de 2010, que establece el programa SIRSD-S.
- Decreto Nº 51, que fija el reglamento de la Ley Nº 20.412 y su modificación Decreto Supremo (DS) Nº 18, de 2015.
- Decreto Exento N° 16 de 2024, del Ministerio de Agricultura, que establece la tabla de costos para el 2024 del SIRSD-S.
- Resolución Exenta Nº 80, de 2018, de la Subsecretaria de Agricultura, que establece el sistema de referencia para determinar las coordenadas georreferenciadas del SIRSD-S.
- Decreto Nº 83 de 2010, modificado por Decreto Nº 35 de 2015, del Ministerio de Agricultura, que declara clasificación de suelos agropecuarios y forestales en todo el país.