Inscripción de establecimientos pecuarios

Última actualización:

Descripción

Inscríbete en el Registro de Establecimientos Pecuarios que incorpora todos aquellos antecedentes que permiten identificar a los establecimientos que participan en el Programa Oficial de Trazabilidad Animal, así como la información de sus titulares, mandatarios y/o responsables, cuando corresponda.

Obtén más información.

Regístrate durante todo el año a través del sitio web y oficinas sectoriales del SAG.

Propietarios, arrendatarios o mandatarios de establecimiento pecuarios y de animales que se encuentran en él.

Importante: el titular designará, ante el SAG, a otras personas que también actuarán con carácter de responsable de los animales.

Los titulares de establecimientos deben completar el Formulario de Inscripción de Establecimientos (FIE) y presentar la documentación legal correspondiente:

  • Cédula de identidad.
  • Título de dominio vigente (propietarios).
  • Contrato de arriendo (arrendatarios).
  • Otro documento que considere válido por el servicio para acreditar tal condición.
  • Cuando corresponda agregar mandatario (responsable del establecimiento y de los animales): cédula de identidad o mandato simple.

Importante:

  • De todos los documentos deberás dejar fotocopia simple si es que realizas el trámite en oficina.
  • En el FIE se consignará: ubicación y clasificación del establecimiento, nombre y RUT del titular y su mandatario, en caso de que corresponda, y contacto para que el SAG pueda remitir información.
  • Al momento de realizar la inscripción del establecimiento, el titular deberá realizar la Declaración de Existencia Animal (FDEA) de los animales presentes en el establecimiento.

Indefinida hasta que el establecimiento sufra cualquier tipo de transformación que altere su condición inicial, la que se debe informar a la oficina al SAG dentro de los 15 días posteriores al acontecimiento.

Reúne los antecedentes y accede al Registro de Establecimientos Pecuarios a través del sitio web del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) o en las oficinas sectoriales donde corresponda la jurisprudencia del establecimiento.

Importante: la Declaración de Existencia Animal – DEA Inicial, se realiza al momento de inscribir el establecimiento.

Resolución Exenta N° 6.774, del 12 de noviembre de 2015, que actualiza el programa oficial de trazabilidad animal y deroga resolución N° 1.546, de 2014.

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