Descripción
Si eres una persona natural o jurídica, solicita la inscripción de tu nave o embarcación en el Registro de Lanchas Transportadoras (RLT) del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca), para transportar recursos hidrobiológicos desde la zona de operación o extracción del recurso hasta la caleta o puerto.
Revisa la documentación requerida
Conocer másPara solicitar la inscripción, debes presentar los siguientes documentos:
- Formulario de inscripción Registro de Embarcaciones Transportadoras (RLT).
- Formulario de identificación de integrantes de la comunidad, si corresponde.
- Fotocopia de tu cédula de identidad. Si postulan como comunidad, necesitarán la cédula de todos sus integrantes.
- Poder de representación o mandato otorgado ante notario público, si corresponde.
- Fotocopia de la matrícula vigente de la embarcación, otorgada por la autoridad marítima.
- Fotocopia del certificado vigente de navegabilidad o certificado general de seguridad de la nave.
- Título o contrato de arriendo notarial de la embarcación, si eres titular, pero no propietario o propietaria.
Importante: si la embarcación está inscrita en el Registro Pesquero Artesanal (RPA), los datos de las personas propietarias deben coincidir con los registrados en la matrícula y en el certificado de navegabilidad.
- Copia de la constitución de la sociedad y de sus modificaciones.
- Certificado de vigencia de la sociedad.
- Fotocopia del RUT de la sociedad.
- Certificado de vigencia y copia de tu cédula de identidad como representante legal.
- Copia de la boleta de inspección autorizada por la autoridad marítima que acredite la instalación y el funcionamiento del posicionador satelital.
Solicita la inscripción en el registro
Conocer másPara realizar el trámite, elige la opción que más te acomode:
- Ingresa al sitio web de Sernapesca con tu usuario y contraseña, o ClaveÚnica.
- Dirígete a una oficina de Sernapesca.
Obtén más información
Conocer másSi tienes dudas, comunícate con el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) a través de sus canales de atención.
Lee el marco legal
Conocer más- El artículo 2°, numeral 63, de la Ley General de Pesca y Acuicultura, que define el concepto de embarcación de transporte.
- El artículo 162 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, que establece prohibiciones para la operación de embarcaciones de transporte en pesquerías declaradas en plena explotación, recuperación y desarrollo incipiente, o con acceso cerrado.
- La Resolución Exenta N° 1.328, de 2013, modificada por Resolución Exenta N° 309, de 2014, que crea el Registro Especial de Embarcaciones Transportadoras y establece la forma y condiciones para su inscripción.
- Resolución Exenta N° 2.159, de 2013, la cual fue dejada sin efecto por la Resolución Exenta N° 5.754, de 2017, que autoriza pesquerías y áreas de operación para las embarcaciones transportadoras.