Deuda por Crédito con Aval del Estado (CAE)

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Descripción

Si tienes una deuda del Crédito con Aval del Estado (CAE), existen distintas opciones para regularizar tu situación, dependiendo de tus ingresos:

  • Renta mensual bruta superior a $5.000.000: debes pagar la deuda al contado.
  • Otros casos: puedes solicitar un convenio de pago con la Tesorería General de la República (TGR), si cumples los requisitos.
Paga tu deuda o solicita el convenio a través del sitio web o en las oficinas de la TGR.
Si tu deuda CAE está en el banco que administra tu crédito (es decir, no está en la TGR) y quieres solicitar la rebaja de tu cuota o regularizarla, obtén más información.

Tu deuda del Crédito con Aval del Estado (CAE) pasa a la Tesorería General de la República (TGR) cuando dejas de pagar el crédito por un período prolongado y el banco hace efectiva la garantía estatal.

En este caso, el Estado asume la deuda y la TGR pasa a ser la institución encargada de gestionar su cobro.

Consulta si tienes una deuda del CAE en nuestro sitio web con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.

Para pagar al contado el total de tu deuda del CAE, elige la opción que más te acomode:

Importante: si tu renta bruta mensual supera los $5.000.000, el pago al contado es obligatorio. Si es menor, puedes solicitar un convenio de pago.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar el convenio?
  • Tener una renta bruta mensual inferior a $5.000.000.
  • No presentar exclusiones por la TGR.
  • Tener una deuda igual o superior a 1 Unidad Tributaria Mensual (UTM), según el valor vigente al momento de la solicitud. Si tu deuda es menor, debes pagarla al contado.

Importante:

  • El máximo de cuotas es de 12, 18 o 24 meses.
  • El convenio se activa solamente con el pago del pie. Desde ese momento se suspenden todas las acciones de cobro del CAE.
  • Quedan excluidas las personas con propuestas de convenio aceptadas vigentes en el sistema y quienes tengan RUT en quiebra.
¿Cómo solicito el convenio?

Importante: el convenio caducará si tienes 2 cuotas impagas (seguidas o alternadas) o si no pagas la cuota final.

Existen situaciones especiales en las que puedes solicitar un convenio de pago sin registro de renta:

Si estás cesante:

Adjunta el certificado de cotizaciones previsionales junto al finiquito de trabajo. Luego, recibirás indicaciones para completar el convenio.

Importante: si tus cotizaciones no se encuentran registradas en el sistema de TGR, debes adjuntar el certificado de previsionales correspondiente al período anterior, es decir, de enero a diciembre de 2025.

Si no registras cotizaciones previsionales en Chile:

Adjunta el certificado que acredite que no estás afiliada o afiliado a una Administradora de Fondo de Pensiones (AFP), disponible en el sitio web de la Superintendencia de Pensiones (SP). Posteriormente, se te informará cómo continuar con el proceso.

Condiciones del convenio:

La deuda vencida debe ser al menos 1 Unidad Tributaria Mensual (UTM) según el valor informado al momento de presentar tu solicitud. Las cuotas y el pie no deben ser menores a 1 UTM y podrás modificar su valor a uno más alto.

Para conocer tu deuda del CAE, descarga el certificado de deuda fiscal a través del sitio web de la TGR con tu Clave Tributaria o ClaveÚnica.

El monto se ve reflejado en el formulario 34 dentro del documento.

Importante: toda la información es proporcionada por la Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores (Comisión Ingresa) a la TGR.

Si tienes dudas:

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

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