Descripción
Si eres trabajadora, trabajador o una organización sindical, solicita que una ministra o ministro de fe de la Inspección del Trabajo presencie o realice (en casos específicos) una votación que así lo exija.
Además, podrás pedir autorización para realizar votaciones parciales, en caso de que las socias y socios se encuentren distribuidos en distintas localidades, o no se pueda votar de una sola vez, por razones propias del trabajo.
Importante: la autorización es para los actos en los cuales la votación puede ser simultánea o al término de cada acto parcial.
Revisa la documentación y antecedentes
Conocer másTrámite presencial:
- Solicitud realizada por la organización sindical.
- En el caso de las votaciones de censuras, debes acompañar la notificación comunicada al directorio, y la nómina de las socias y socios que realizan la convocatoria, quienes representen al menos el 20 % del sindicato.
Solicita un ministro de fe
Conocer másEn línea:
Ingresa a la ventanilla sindical de la DT con tus credenciales.
Como resultado del trámite, habrás solicitado la presencia de un ministro de fe, o de una o un inspector del trabajo, cuya respuesta podrás obtener en un plazo de 48 horas.
En oficina:
Dirígete a una oficina de la Inspección del Trabajo correspondiente al lugar donde se realizará la votación.
Importante:
- Si la solicitud es aceptada, recibirás las indicaciones por correo electrónico para celebrar el acto.
- Debes realizar la solicitud con un mínimo de 5 días de anticipación.
- Es probable que tengas que acudir a la Inspección del Trabajo para acordar el horario y el lugar de la votación.
- Revisa la guía rápida para solicitar clave de ventanilla sindical.
Obtén más información
Conocer másSi tienes dudas, comunícate con la Dirección del Trabajo (DT):
- Ingresa tu consulta a través del Sistema Único de Atención Ciudadana.
- Llama al canal de atención telefónica al 600 450 4000. Revisa el horario de atención.
Lee el marco legal
Conocer más- Código del Trabajo.
- Ley N° 19.296, de 1994, que establece normas sobre asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado.