Solicitar la calificación de un trabajo como proceso continuo

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Descripción

Si eres empleadora o empleador, solicita a la Dirección del Trabajo (DT) que determine si un proceso se puede realizar sin que exista el descanso para la colación.

Para aquello, la DT realiza un procedimiento de fiscalización para determinar si procede la calificación de proceso continuo. La decisión se notifica al empleador o empleadora mediante una resolución, y puede ser apelada ante los Tribunales del Trabajo.

Importante: en general, la jornada laboral debe ser dividida en 2 partes, dejando entre ellas, al menos, media hora para colación. Sin embargo, este derecho no es aplicable a un proceso continuo.

Realiza el trámite durante todo el año por correo electrónico de la DT y en las oficinas de la Inspección del Trabajo.

Por correo electrónico:

Documento para solicitar la calificación de un trabajo como un proceso continuo en formato PDF (peso máximo 20 MB), que incluya:

  • Nombre, razón social, RUT y domicilio de tu empresa.
  • Identificación de la labor o proceso que se solicita calificar.
  • Nombres y apellidos, y firma del o la solicitante.

En oficina:

Carta dirigida al inspector o inspectora provincial o comunal del trabajo respectivo, para solicitar la calificación de un trabajo como proceso continuo. Esta debe incluir:

  • Nombre, razón social, RUT y domicilio de tu empresa.
  • Identificación de la labor o proceso que se solicita calificar.
  • Nombres y apellidos, y firma del o la solicitante.

Importante: para recibir la respuesta, debes incluir el correo electrónico registrado ante la Dirección del Trabajo (DT) o la identificación exacta del domicilio de tu empresa.

Por correo electrónico:

Envía un correo electrónico a upartesyarchivodt@dt.gob.cl. En el asunto debe decir "Solicitar la calificación de un trabajo como un proceso continuo".

En oficina:

Dirígete a una oficina de la Inspección del Trabajo correspondiente al domicilio de tu empresa, obra o faena.

Importante: serás notificada o notificado mediante una resolución, la que puede ser apelada ante los Tribunales del Trabajo.

Si tienes dudas, comunícate con la Dirección del Trabajo (DT):

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

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