Descripción
Si eres empleadora o empleador, solicita un certificado a la Dirección del Trabajo (DT) que acredite que has cumplido con las obligaciones laborales y previsionales que tienes con las trabajadoras y trabajadores de tu empresa, incluidas las eventuales indemnizaciones legales asociadas al término de la relación laboral.
Puedes certificar entre 1 y 3 periodos (meses) consecutivos por solicitud. Para certificar periodos no consecutivos, debes pedir por separado la certificación para cada periodo.
Conoce los requisitos y documentos
Conocer másDebes haber realizado el pago electrónico de las cotizaciones previsionales de todas las trabajadoras y trabajadores, a través de Previred, Caja Los Andes o Caja La Araucana.
Además, para gestionar el certificado, debes tener habilitado uno o más representantes laborales electrónicos en el portal Mi DT.
Debes presentar la solicitud del certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (Ley de Subcontratación), junto a la documentación que en ella se detalla.
Solicita el certificado
Conocer másIngresa al portal Mi DT con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.
Debes entrar al perfil "Empleador" y seleccionar la opción "Certificados Laborales y Previsionales" del menú "Denuncias y solicitudes". Por último, haz clic en "Solicitar certificado" y sigue los pasos que te indique el sistema.
Importante:
- Tendrás una respuesta en un plazo máximo de 48 horas hábiles.
- Revisa la guía rápida para realizar correctamente el trámite.
Dirígete a la oficina de la Inspección del Trabajo correspondiente al domicilio de tu empresa, obra o faena.
Importante: tendrás una respuesta en un plazo máximo de 5 días hábiles.
Obtén más información
Conocer másSi tienes dudas, comunícate con la Dirección del Trabajo (DT):
- Ingresa tu consulta a través del Sistema Único de Atención Ciudadana.
- Llama al canal de atención telefónica al 600 450 4000. Revisa el horario de atención.
Lee el marco legal
Conocer más- Artículo N° 183-C del Código del Trabajo.
- Artículo 43 del Decreto con Fuerza de Ley (DL) N° 2, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
- Decreto N° 319, de 2007, sobre el reglamento del artículo 183-C del Código del Trabajo.