Descripción
Si eres representante de una organización sindical, de un máximo de 5.000 socios, solicita la votación electrónica a través del portal de la Dirección del Trabajo (DT), para los procesos electorales disponibles en la plataforma.
Revisa la documentación requerida
Conocer más- Mandato vigente.
- Lista de los votantes que participarán del proceso de votación.
- Lista de postulantes (candidatos) que estarán en la papeleta el día de la votación (si aplica).
- Archivo con las personas que formarán parte de la comisión electoral en el proceso de votación.
Importante: las personas que integren el padrón de votantes o de comisión electoral deben tener correo electrónico actualizado en su perfil de Mi DT.
Solicita la votación electrónica
Conocer másIngresa la documentación requerida en el portal Mi DT con tu ClaveÚnica. Deberás seleccionar el perfil "Dirigente sindical" y posteriormente la organización sindical por la cual ingresarás la solicitud. Para finalizar, sigue los pasos que te indica la plataforma.
Importante:
- Revisa la Guía rápida de votación electrónica.
- Te llegará un comprobante al correo registrado.
Lee el marco legal
Conocer más- Resolución Exenta N° 2000-13097, de 2025, que implementa el sistema de votación electrónica para actos sindicales, de la DT.
- Oficio Circular N° 2000-181, de 2025, que establece procedimiento administrativo y uso de la plataforma de votación electrónica de la DT.
- Decreto con Fuerza de Ley (DFL) N° 1, de 2003, sobre el Código del Trabajo.
- Ley N° 19.296, de 1994, que establece normas sobre asociaciones de funcionarios de la administración del Estado.
- Convenios OIT N° 87 y N° 98.
- Decreto con Fuerza de Ley (DFL) N°2, de 1967. Artículo 10 (letra a y c) y artículo 23.
- Dictámenes: N° 3362/53 y N° 2532/48.