Seguro Social

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Descripción

Es un sistema solidario creado por la Reforma de Pensiones, cuyo objetivo es mejorar las pensiones de las personas que actualmente están pensionadas y de quienes lo hagan en el futuro. Entregará prestaciones como el Beneficio por Años Cotizados o la Compensación por Diferencia de Expectativas de Vida para las mujeres.  

Este sistema será financiado en parte por los empleadores, a través de un nuevo aporte en la cotización que comenzó en agosto de 2025, con un 1 % adicional (un 0,9 % para el Seguro Social y un 0,1 % a la cuenta de capitalización individual) calculado sobre el sueldo imponible de sus trabajadoras y trabajadores, porcentaje que irá aumentando gradualmente hasta llegar a un 8,5 % en 2033.

El pago de los beneficios se entregarán a partir de enero de 2026 a las personas que cumplan con los requisitos. 

Revisa más información de la Reforma de Pensiones.

El Seguro Social abarca los siguientes beneficios:

  • Beneficio por Años Cotizados: es una ayuda transitoria por los siguientes 30 años, el cual busca premiar la trayectoria laboral, de hombres y mujeres, con una pensión proporcional a los años cotizados. El monto es de 0,1 UF mensual por cada 12 meses cotizados, con un máximo de 2,5 UF (25 años).
  • Compensación por Diferencia de Expectativa de Vida: es un beneficio para mujeres de 65 años o más que hayan cotizado y se hayan pensionado por vejez o invalidez no cubiertas por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), que entrega un monto adicional para compensar la menor pensión que reciben las mujeres debido a su mayor expectativa de vida, en comparación con hombres que tienen el mismo ahorro, edad y grupo familiar.
  • Cotización con Rentabilidad Protegida (CRP): es una cotización que realizarán las y los empleadores a partir de agosto de 2026, que servirá para financiar el Beneficio por Años Cotizados de las actuales personas pensionadas, y que se devolverán (con intereses y garantía del Estado) a las y los trabajadores cuando estos se pensionen. El pago se realizará en 240 cuotas (20 años).
  • Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS): actualmente ya existe y entrega cobertura con aportes adicionales a personas afiliadas no pensionadas que sufran invalidez o a su familia en caso de fallecimiento. A partir de agosto de 2026, este seguro pasará a ser parte del Seguro Social.

Las personas pensionadas o que se pensionen por vejez o invalidez a través de una AFP o compañía de seguros de vida recibirán estos beneficios automáticamente cuando tengan 65 años y cumplan los demás requisitos
 
Tendrán derecho al Beneficio por Años Cotizados y a la Compensación por Diferencia de Expectativa de Vida desde enero de 2026, si para entonces ya tienen 65 años o los cumplen después, siempre que estén pensionadas y cumplan los requisitos correspondientes.

Si eres una o un trabajador dependiente, consulta en Mi ChileAtiende con tu ClaveÚnica (si no la tienes, solicítala), si tu empleador o empleadora ha pagado tus cotizaciones al Seguro Social.

Estos aportes financian beneficios, mejoran las pensiones actuales y aumentan tu futura pensión. 

Importante:

También puedes pedir tu certificado en nuestras sucursales: en un Módulo Express (lo haces tú directamente) o con un ejecutivo o ejecutiva que te ayudará en la atención.

Las y los empleadores deberán aumentar en 7 % las cotizaciones por sus trabajadoras y trabajadores, de manera gradual durante un periodo de 9 años (revisa cómo irá aumentando el pago de la cotización).

Este aumento, junto al 1,5 % que ya pagan por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), hará que la cotización total de los empleadores sea de un 8,5 %, la cual se distribuirá de la siguiente forma: 

  • 4,5 % destinado directamente a la cuenta de la capitalización individual obligatoria del o la trabajadora (AFP).
  • 1,5 % a la Cotización con Rentabilidad Protegida (CRP) para financiar el beneficio transitorio por años cotizados: 
    • A las personas trabajadoras: este porcentaje se registra como un Bono de Seguridad Previsional que genera intereses y se suma a la cuenta individual de capitalización cuando cumplan la edad legal para pensionarse. El bono se pagará en 240 cuotas mensuales iguales y seguidas.
    • Actual o futura persona pensionada: esta recaudación permitirá financiar el Beneficio por Años Cotizados.
  • 2,5 % al Seguro Social: 

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