Solicitar a la SUBREI la incorporación de un funcionario al registro de sujetos pasivos

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Descripción

Solicita al Subsecretario o Subsecretaria de Relaciones Económicas Internacionales (SUBREI) que incorpore a un funcionario o funcionaria en el registro de sujetos pasivos de la SUBREI, con el propósito de transparentar y hacer públicas sus reuniones o audiencias, y la información de sus viajes y donativos recibidos, en el marco de la Ley Nº 20.730 del Lobby.

Realiza la solicitud durante todo el año en la plataforma Ley del Lobby o en la oficina de partes de la SUBREI.

Cualquier persona puede solicitar la incorporación de un funcionario o funcionaria al registro de sujetos pasivos de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales (SUBREI) en los siguientes casos:

  • No haya sido individualizado como sujeto pasivo.
  • En razón de su función o cargo.
  • Tenga atribuciones en decisiones relevantes o influya en quienes tengan dichas atribuciones.
  • Se desempeña en ministerios, secretarías regionales ministeriales y embajadas, y además recibe regularmente una remuneración, en los casos que corresponda conforme a la ley.

Te solicitarán los siguientes datos:

  • Nombre y cédula de identidad de la persona que solicita la incorporación en el registro de sujetos pasivos o número de pasaporte si se trata de extranjeros sin cédula de identidad.
  • Dirección de correo electrónico o domicilio.
  • Nombre, función o cargo de la persona que pretendes individualizar como sujeto pasivo.

Ingresa al sitio web de la Ley del Lobby con tu ClaveÚnica o como usuario registrado. Una vez que accedas, haz clic en "Ingresar solicitud de incorporación de sujeto pasivo", completa el formulario y envíalo. 

También puedes acudir a la oficina de partes de la SUBREI, ubicada en Bombero Salas 1345, Santiago.

Importante: el subsecretario o subsecretaria tendrá diez días hábiles para aceptar o rechazar tu solicitud.

  • Ley Nº 20.730 que regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.
  • Decreto N° 71 que regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios de la administración del Estado.

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