Descripción
Notifica en línea toda sustancia que clasifique como peligrosa en cantidades iguales o superiores a una tonelada anual, de acuerdo al Título III del Decreto N° 57. Este trámite podrás realizarlo si eres:
- Fabricante o importador de una sustancia como tal.
- Importador de una sustancia contenida en una mezcla.
Importante: en el caso de las sustancias contenidas en mezclas, solamente deberás notificar aquellas que representen un peligro para la salud y el medio ambiente, y cuyas concentraciones sean superiores a los valores de corte informados en el Párrafo II del Título II del Decreto N° 57.
Conoce cuándo realizar el trámite
Conocer másCada uno de estos procesos de notificación debes realizarlo cada dos años, con fecha límite el 30 de agosto del año en curso, respecto a lo fabricado y/o importado en los dos años calendarios anteriores:
Notificación 2027:
Si se trata de sustancias contenidas en mezcla, la primera notificación tienes que hacerla en dicho año para las sustancias de uso industrial fabricadas y/o importadas durante el 2025 y 2026.
Notificación 2029:
Deberás realizar la notificación para sustancias de uso no industrial fabricadas y/o importadas durante el 2027 y 2028.
Realiza la notificación
Conocer másIngresa al Sistema de Notificación de Sustancias, lee las instrucciones del proceso de notificación y descarga la planilla en formato Excel, según el proceso de notificación que deseas declarar.
Luego, completa con la información requerida y envía el archivo al correo electrónico notificacion.sqi@mma.gob.cl junto con las respectivas hojas de datos de seguridad de las sustancias notificadas.
Importante: si tienes consultas, puedes escribir al mismo correo electrónico mencionado.
Lee el marco legal
Conocer másDecreto N° 57, de 2019, que aprueba el reglamento de clasificación, etiquetado y notificación de sustancias químicas y mezclas peligrosas.