Construcción, modificación, cambio y unificación de bocatomas

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Descripción

Permite solicitar a la Dirección General de Aguas (DGA) la autorización para construir, modificar, cambiar o unificar bocatomas, es decir, estructuras hidráulicas emplazadas sobre un canal, con el propósito de captar una parte o la totalidad del caudal de la corriente principal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 41, 151 y del Código de Aguas.

Presenta tu solicitud (durante todo el año) en las oficinas provinciales, regionales o en el sitio web de la Dirección General de Aguas (DGA).

Revisa la guía para la presentación de los documentos.

Importante: El trámite lo puede realizar el o la representante del titular, por medio de un poder notarial.

El trámite no tiene costo. Sin embargo, tendrás que financiar la difusión radial y la visita al terreno.

Declarada admisible tu solicitud, tienes un plazo máximo de 25 días hábiles (contados desde la fecha en que se declaró la admisibilidad) para publicarla en los siguientes medios:

  • Diario Oficial: por una sola vez, los días 1 o 15 de cada mes, o el primer día hábil inmediato si fue feriado.
  • Aviso radial: difundir los días 1 o 15 de cada mes, o el primer día hábil inmediato si aquellos fueren feriados.

El aviso radial debe ser difundido una vez (entre las 8:00 y las 20:00 horas) en alguna de las radioemisoras que figuren en la lista de concesiones vigentes (radioemisoras) de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que presten servicio en el sector o los sectores que involucren el punto o los puntos de la respectiva solicitud. Si no existen emisoras que tengan cobertura en la zona de interés, se deberá comunicar en una radioemisora de la capital provincial o provincias respectivas.

En un plazo de 15 días contados desde la fecha de la última publicación, los interesados y las interesadas deberán ingresar directamente en la oficina de la DGA o en el sitio web institucional lo siguiente:

  • Copia o impresión de la publicación realizada en el Diario Oficial.
  • El certificado de difusión radial suscrito por el o la Gerente General, Director o representante legal de la radioemisora correspondiente de la radioemisora correspondiente, indicando la hora, día, mes y año de cada emisión.

Importante: Los terceros titulares de derechos de aprovechamiento constituidos e inscritos en el Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces respectivo que se sientan afectados en sus derechos, podrán oponerse a la presentación dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde la fecha de la última publicación o de la notificación, en su caso.

Importante: De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 131 del Código de Aguas, contado desde la emisión del comprobante de ingreso, la Dirección General de Aguas dispondrá de un plazo de veinte días hábiles para revisar si cumple con los requisitos formales según el tipo de solicitud de que se trate y si se han acompañado los antecedentes en que se sustenta. De cumplirse las señaladas exigencias, se declarará admisible la solicitud. Si de la revisión de los antecedentes se advierte el incumplimiento de alguna de las exigencias, se declarará inadmisible la solicitud, comunicando dicha situación al solicitante.

Si necesitas más información, llama al teléfono del Departamento Información de Recursos Hídricos (DIRH) de la DGA, +56 2 2449 40 00, opción 4, o ingresa tu consulta a través del Sistema de Información y Atención Ciudadana (SIAC).

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

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