Descripción
Si eres una persona que desempeña labores en la administración pública, puedes ingresar un reclamo, a través de un formulario electrónico, solicitando la protección de tus derechos, cuando existen errores o problemas en una norma o proceso que pueden hacer que no se aplique correctamente o sea impugnado (vicios de legalidad).
Además, te permite ingresar reclamos por determinadas conductas que se relacionan con la investigación, sanción y consecuencias que son de responsabilidad de la comisión de acoso sexual y laboral, que reconoce el Estatuto Administrativo y el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales.
También puedes presentar un reclamo asociado a un proceso de postulación a un concurso público para un cargo en la administración del Estado.
Revisa qué debe contener tu reclamo
Conocer más- Tu identificación como persona que ingresa el reclamo. No se admiten denuncias anónimas.
- Correo electrónico para las notificaciones.
- Narración de los hechos.
- Individualización de la institución y de quién o quiénes vulneraron tus derechos, si tienes conocimiento de ello.
Ingresa tu reclamo
Conocer másHazlo a través del sitio web de la Contraloría General de la República, usando tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.
Importante:
- En el caso de las denuncias por acoso laboral o sexual y violencia en el trabajo, antes de recurrir a la Contraloría General de la República, es necesario que actives los mecanismos e instrumentos contemplados en el protocolo interno establecido por tu institución pública para canalizar e investigar estos hechos.
- La contraloría podrá atender tu reclamo en los siguientes casos:
- No te dirigiste previamente a tu servicio.
- Los hechos pueden involucrar al jefe o jefa de servicio, altos directivos o personas funcionarias a cargo de gestionar las denuncias.
- El reclamo involucra a más de una institución.
- En términos generales, cuando existan razones fundadas que para no presentar la denuncia ante el propio servicio.
- El artículo 160 del Estatuto Administrativo y 156 del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, establece plazos determinados para presentar tu reclamo. Si los excedes podrían no aceptar tu presentación (declararla inadmisible). Lo anterior es sin perjuicio de las facultades que de oficio puede ejercer la Contraloría General de la República.
- En algunos casos (sumarios administrativos o calificaciones), solo podrás presentar tu reclamo en procesos que no estén pendientes.
- La Contraloría General de la República debe dictar la resolución que decide si admitirán tu reclamo en un plazo de 20 días desde que ingresaste tu solicitud. Si la respuesta es negativa, puedes interponer un recurso de reposición.
- Si la resolución final de tu reclamo indica que ocurrieron una o más causales contenidas en el artículo 60 de la Ley Nº 19.880, puedes interponer un recurso extraordinario de revisión.
Lee el marco legal
Conocer más- Resolución Exenta N° 922, de 2023.
- Oficio N° E516610, de 2024.