Certificado general de deuda de alimentos

Última actualización:

Descripción

Consulta si una persona se encuentra en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos y solicita el certificado respectivo.

El registro contiene a quienes deben 3 meses consecutivos o 5 meses discontinuos de pensiones de alimentos y están obligados al pago (según lo determinado en la resolución judicial de un tribunal de familia).

Existen dos tipos de certificados disponibles:

  • Certificado general de deuda de alimentos.
  • Certificado general de deuda de alimentos con alimentarios.
El Registro Civil almacena la información recibida directamente desde los Tribunales de Familia y la pone a disposición de las personas habilitadas. Es el Poder Judicial quien envía la información al Registro Civil, por lo que cualquier aclaración debes solicitarla a los tribunales correspondientes.

Ingresa al sitio web del Registro Civil e Identificación, haz clic en “Antecedentes” y selecciona el documento que necesitas:

  • Certificado general deuda alimentos con alimentarios.
  • Certificado general deuda alimentos.

Accede con tu ClaveÚnica y escribe el RUN de la persona deudora.

Importante:

  • El certificado no tiene costo.
  • La consulta solo está disponible para las personas habilitadas:
    • Deudor o deudora de alimentos.
    • Personas beneficiadas de los mismos o su representante legal.
  • En el caso de no estar incorporado en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (informado por algún tribunal), el sistema entregará la siguiente información: “los datos ingresados no cumplen los requisitos para emitir este certificado”.

No existe un certificado de no deudor y tampoco hay obligación de la persona de presentarlo en alguna institución ni que este sea requerido para que pueda realizar un trámite. Esto se debe a que son las instituciones o entidades quienes tienen la obligación de consultar al registro, tal como lo establece la ley. Las instituciones al consultar se les emite un certificado para sus procesos.

Ley Nº 21.389 que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos y modifica diversos cuerpos legales para perfeccionar el sistema de pago de las pensiones de alimentos. 

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

código de trámite
111511