Transferencia de armas de fuego por defunción

Última actualización:

Descripción

Permite a personas naturales y jurídicas traspasar un arma de fuego, inscrita a nombre de una persona que falleció, al familiar que la herede u otra persona.

Revise más información.

El trámite se puede realizar durante todo el año en las oficinas de la autoridad fiscalizadora de Carabineros de Chile.

Personas naturales o jurídicas que:

  • Sean mayores de 18 años. Se exceptúan los menores de edad que se encuentran registrados como deportistas calificados.
  • Tengan un cupo disponible para la inscripción del arma.
  • Aprueben el examen de conocimiento sobre conservación, mantenimiento y manejo de armas, impartido por la autoridad fiscalizadora al momento de inscribir el arma.
  • No hayan sido sancionadas en procesos relacionados con la Ley Nº 19.325 (violencia intrafamiliar).
  • No registren en su contra un auto de apertura de juicio oral.
- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a una oficina de la autoridad fiscalizadora de Carabineros de Chile.
  3. Explique el motivo de su visita: transferir un arma de fuego por defunción.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite habrá solicitado la transferencia del arma, cuya respuesta obtendrá inmediatamente.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

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