Registro de anexo de contrato

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Descripción

Permite al empleador o empleadora cumplir con la obligación de registrar en el sitio web de la Dirección del Trabajo (DT) un anexo del contrato de trabajo suscrito con un trabajador o trabajadora.

Importante:

  • El anexo de contrato de trabajo se debe registrar en el sitio web Mi DT dentro de los 15 días hábiles siguientes a su suscripción.
  • Para registrar el anexo de contrato es necesario que el contrato esté registrado en el sitio web de la DT.
  • La obligación de registrar el anexo de contrato rige a contar del 8 de junio de 2023.
El trámite se puede realizar durante todo el año en el portal Mi DT.

Empleadores y empleadoras.

  • Contrato de trabajo registrado en el sitio web de la DT. 
  • Anexo de contrato de trabajo firmado por ambas partes.
  • El empleador (persona jurídica) debe tener habilitado uno o más representantes laborales electrónicos en el portal Mi DT.
  • Tener ClaveÚnica.
- Instrucciones Trámite en línea
  1. Haga clic en “Registrar el anexo de un contrato”.
  2. Haga clic en “Iniciar sesión”. 
  3. Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en “Ingresa”. Si no la tiene, solicítela.
  4. Ingrese al perfil “Empleador”, y actualice sus datos si es primera vez que accede al portal Mi DT.
  5. Haga clic en “Registro electrónico laboral” y luego en “Registro de anexo de contrato de trabajo”.
  6. Modifique la información que desea actualizar (identificación de las partes, funciones y lugar de prestación de los servicios, remuneraciones y jornada de trabajo, entre otras estipulaciones).
  7. Haga clic en “Finalizar”.
  8. El contrato de trabajo quedará actualizado y en estado vigente.
  9. Como resultado del trámite, habrá registrado el anexo del contrato de trabajo. Recibirá la confirmación del registro en su correo electrónico y podrá descargar el comprobante desde el portal Mi DT.
- Instrucciones Trámite en Sucursal
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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