Certificación de convertidores catalíticos de reposición

Última actualización:

Descripción

Si eres fabricante, importador o representante de convertidores catalíticos de reposición, verifica el cumplimiento de los requisitos técnicos de los convertidores catalíticos de reposición, para ser usados en vehículos motorizados que usan combustible gasolina o gas, establecidos en el Decreto Supremo N° 15 de 2000 y en la Resolución Exenta N° 1.455 de 2000, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Solicita la certificación durante todo el año en el Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV) o por correo electrónico

Presenta la solicitud de certificación según al anexo 1, junto con los antecedentes técnicos descriptivos del anexo 2 del convertidor catalítico, de acuerdo con lo señalado en la Resolución Exenta N° 1.455 y el Oficio circular N° 110.    

  • El Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV) realiza la verificación de los requisitos técnicos de una determinada marca y modelo de convertidor catalítico de reposición respecto de los antecedentes técnicos presentados y especificaciones establecidas en la normativa aplicable. 
  • Dentro de 10 días hábiles, contados desde la fecha de presentación de la solicitud de certificación, 3CV emitirá un pronunciamiento respecto del cumplimiento de los requisitos y en caso de ser favorable, otorgará la certificación respectiva para la marca y modelo de convertidor catalítico de reposición, que lo identificará con sus principales especificaciones, la que incluye el listado de modelos de vehículos que serán amparados por la certificación.
  • Por cada modelo de convertidor catalítico de reposición aprobado, el 3CV otorga un certificado que consigna la identificación del convertidor con sus principales especificaciones, incluyéndose un código de certificación y los modelos de vehículos a los cuales es aplicable el convertidor catalítico certificado.
  • Quienes obtengan la certificación de una determinada marca y modelo de convertidor catalítico de reposición, junto con cada convertidor que comercialicen deberán colocar una identificación permanente en este, de forma que se mantenga durante toda su vida útil, donde se indique, claramente, su marca y código de fabricación. Esta identificación deberá ser ubicada de manera tal que pueda ser observada al estar el convertidor catalítico instalado en el automóvil y entregar un documento en el que se indicarán las condiciones generales que deben ser atendidas al momento de cambiar el convertidor catalítico.

Dirígete a la oficina del Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV), ubicada en Vicente Reyes Nº 198, Maipú, Región Metropolitana o envía los documentos en PDF al correo electrónico pcifuentes@mtt.gob.cl.

Importante:

  • Para conocer el costo de este trámite, revisa la tabla de valores vigentes.
  • El 3CV evaluará la solicitud y te informará si fue aceptada y el costo del servicio.
  • La certificación tiene validez mientras el convertidor no cambie sus especificaciones respecto del modelo que fue objeto de la certificación.

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

código de trámite
10