Autorización para la internación temporal de armas

Última actualización:

Descripción

Permite solicitar a la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN) la autorización para internar armas a Chile, por un período determinado.

Este beneficio se entrega a cazadores, cazadoras, federaciones y clubes de tiro extranjeros que deseen ingresar armas a Chile, para cazar o participar en algún campeonato y con fines de seguridad, en el caso de embajadas.

Revise más información.

El trámite se puede realizar durante todo el año en las oficinas de la autoridad fiscalizadora de la DGMN.
  • Cazadores y cazadoras.
  • Deportistas.
  • Federaciones y clubes de tiro.
  • Empresas para exhibición.
  • Embajadas.

Importante: toda persona natural o jurídica que cumpla los requisitos debe contar con un representante legal, quien realizará la tramitación de la documentación y se hará responsable del cumplimiento de la normativa legal y del armamento mientras se encuentre en Chile.

En el caso de las embajadas, estas entidades diplomáticas realizan el trámite directamente ante la División de Seguridad Internacional y Humana (DISIN), del Ministerio de Relaciones Exteriores, organismo que hace llegar los antecedentes a la DGMN.

Para fines de caza

  • Representante legal:
    • Nombre completo.
    • Actividad
    • RUN.
    • Domicilio.
    • Teléfono.
    • Documento notarial que especifique que se hace responsable de las armas durante su permanencia en el país.
  • Propietario o propietaria del o las armas: 
    • Nombre completo.
    • Nacionalidad y número de pasaporte o RUN.
    • Cantidad de armas permitidas por la ley.
    • Descripción del o las armas (tipo, marca, modelo, calibre, número de serie, cantidad de cañones y funcionamiento).
    • Cantidad de munición (del mismo calibre del o las armas).
    • Permanencia estimada en el país (fecha de entrada y salida).
    • Lugar en que fijará su residencia y del o las armas.
    • Aduana de entrada y salida del país.

Para federaciones y clubes de tiro

  • Individualización de la federación o club organizador.
  • Nombre del campeonato, además de la fecha de inicio y término.
  • Aduana de entrada y salida del armamento y munición.
  • Individualización de los y las deportistas invitados: nombre completo, número de pasaporte y nacionalidad.
  • Descripción de las armas (tipo, marca, modelo, calibre, número de serie y funcionamiento).
  • Cantidad de munición.
  • Domicilio en que permanecerán las armas cuando no sean empleadas.

Para fines de seguridad

  • Motivo de la solicitud.
  • Nombre completo y número de pasaporte de la persona que ingresa al país.
  • Cantidad de munición.
  • Permanencia estimada en el país y lugar que fija como residencia.
  • Aduana de entrada y salida del país.
  • Descripción de las armas (tipo, marca, modelo, calibre y número de serie).

En caso necesario, 180 días.

- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina de la autoridad fiscalizadora de la DGMN.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar autorización para la internación temporal de armas.
  4. Entregue los antecedentes requeridos y realice el pago correspondiente.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización, cuya respuesta la autoridad fiscalizadora comunicará por correo electrónico o teléfono en un plazo máximo de 20 días hábiles, siempre y cuando no se requieran nuevos antecedentes.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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