Descripción
La nómina de liquidadores está integrada por aquellas personas naturales nombradas como liquidadores por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir).
El liquidador es aquella persona natural sujeta a fiscalización de la Superir, cuya misión principal es realizar el activo del deudor y propender al pago de los créditos de sus acreedores, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 20.720 y en la Ley N°21.563.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales que cumplan los siguientes requisitos:
- Contar con un título profesional de contador auditor o de una profesión de, a lo menos, 10 semestres de duración, otorgado por universidades del Estado o reconocidas por el Ministerio de Educación o la Corte Suprema.
- Contar con, a lo menos, cinco años de ejercicio de la profesión que acredite mediante antecedentes que puedan ser verificados por este Servicio.
- Aprobar el examen de liquidadores.
- No estar afecto a alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 17 de la Ley Nº 20.720.
- Otorgar, en tiempo y forma, la garantía de fiel desempeño del cargo ascendente a 2.000 unidades de Fomento (UF).
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másPara la realización del trámite se necesita presentar:
- Curriculum vitae, actualizado a la fecha de postulación.
- Certificado de título profesional con código de verificación.
- Declaración jurada de no estar afecto a las prohibiciones del artículo 17 de la ley N.° 20.720.
- Declaración jurada de contar con, a lo menos, cinco años de ejercicio profesional.
- Antecedentes verificables que acrediten su experiencia profesional.
- Copia de su cédula de identidad, por ambos lados.
- Fotografía tamaño carnet.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en "Ir al trámite en línea".
- Una vez en el sitio web de la institución, haga clic en el banner "Liquidador"
- Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en "Continuar". Si no está registrado, solicite su ClaveÚnica.
- Complete los datos requeridos, adjunte los documentos y haga clic en "Enviar solicitud".
- Como resultado del trámite, habrá postulado a la nómina de liquidadores.
Importante:
- Si la solicitud cumple con todos los requisitos, la Superir enviará un oficio aceptando la postulación. En caso contrario, informará los motivos por los cuales ha sido rechazada la misma.
- Posteriormente, se remitirá un oficio en el que informarán, con 30 días corridos de anticipación, la fecha, lugar y hora en que se realizará el examen de conocimientos (se convocará dos veces en cada año-calendario).
- Una vez rendido el examen de conocimientos, se informará mediante oficio el resultado obtenido.
- En caso de aprobarlo, el o la postulante deberá constituir la garantía de fiel desempeño.
- Constituida esta, la Superir dictará la correspondiente resolución de incorporación.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 20.720, de Reorganización y Liquidación de activos de Empresas y Personas.
- Normas de Carácter General.