Inscripción en el registro privado de seudónimos

Última actualización:

Descripción

Permite la inscripción de nombres ficticios que ocultan la identidad real de una persona natural y que permiten asociarla (en los ámbitos literarios, artísticos o científicos) con obras que estas crean o con el uso público que hacen de dichos nombres, cuando realizan prestaciones artísticas asociadas a las mismas.

La inscripción deja constancia de los derechos patrimoniales y morales, facilitando el aprovechamiento económico de los titulares de las obras, el resguardo de los derechos personales de los respectivos creadores y la preservación de las reproducciones de las obras que estos deben entregar, de acuerdo con la Ley sobre Propiedad Intelectual.

Obtenga más información.

El seudónimo elegido no puede estar inscrito anteriormente por otro autor, autora o artista.
El trámite se puede realizar durante todo el año en la plataforma web CRIN, así como en la oficina de la DDI y por correo postal.

Autores, autoras y artistas chilenos y extranjeros, con domicilio en Chile o en el exterior.

La inscripción genera una presunción legal de titularidad de los derechos de propiedad intelectual sobre el seudónimo, la que para ser otorgada deberá estar asociada a otra inscripción de una obra intelectual determinada o acreditarse con los antecedentes que el solicitante acompañe que verifique el uso público del seudónimo por parte del autor o artista.

La actualización del respectivo registro puede realizarse por el propio titular, por quien obtenga tal calidad por medio de la respectiva transferencia o transmisión de los derechos, o por una resolución judicial o administrativa.

El conservador de derechos intelectuales (jefe del Departamento de Derechos Intelectuales, DDI) podrá oponerse a la inscripción cuando esta no se refiera a bienes protegidos por los derechos de autor o los derechos conexos. También, cuando sea evidente que el bien protegido solicitado no pertenece a la persona a cuyo nombre se solicita la inscripción.

Además, deberá negarse a inscribir cuando:

  • Se solicita la inscripción a favor de una persona distinta de la que aparece como autor y/o como titular de los derechos en el ejemplar o documentos que se registran, ya sea por nombre verdadero o por seudónimo inscrito.
  • Se solicita la inscripción de una obra bajo seudónimo no inscrito o que no se inscribe simultáneamente.
  • Se solicita el registro de seudónimos no usados públicamente.
  • Las sentencias y autos aprobatorios judiciales no están ejecutoriados, pudiendo al efecto exigir constancia fehaciente.
  • No se presenten los instrumentos públicos o privados autorizados ante notario que acrediten los derechos transferidos entre vivos o transmitidos por causa de muerte.
  • No se cumplan los requisitos establecidos por la ley Nº 17.336 o su reglamento.
  • Código de solicitud (o seguimiento), obtenido en la plataforma web CRIN (Centro de Registros Integrados Nacionales), cualquiera sea la modalidad que utilce para realizar la solicitud de inscripción.
  • Formulario de solicitud de inscripción de seúdonimo (solo para trámite presencial o por correo).
  • Solicitud de inscripción de obra, que debe ser realizada en forma simultánea a la solicitud de la inscripción del seudónimo.
  • También puede acreditar el uso público del seudónimo mediante la presentación de un recorte o impresión de un artículo de diario, revista o página web, que contenga la foto del interesado y que además aparezca el seudónimo que ha escogido (en este caso no es necesario inscribir una obra literaria o artística).

La protección de la obra anónima o seudónima dura 70 años, a contar desde la primera publicación. Si su autor se da a conocer antes, se aplica la regla general de protección, que se extiende por toda la vida del autor y 70 años más, contados desde la fecha de su fallecimiento.

- Instrucciones Trámite en línea
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Haga clic en "inscribir seudónimo".
  3. Una vez en el sitio web de la institución, seleccione el tipo de ingreso (ClaveÚnica, RUT, Pasaporte o DNI) y complete sus datos.
  4. Acepte el reglamento de inscripción y haga clic en "enviar".
  5. Haga clic en "continuar ahora".
  6. Complete la información, adjunte los antecedentes requeridos (en caso de que sea mayor a 30 MB deberá seleccionar la opción por la cual lo enviará: "presencial" o "postal") y haga clic en "enviar".
  7. Si la información es correcta, haga clic en "continuar".
  8. Seleccione la forma de pago y haga clic en "enviar". Pague o certifique el pago, según la opción elegida.
  9. Una vez realizado el pago, recibirá un correo electrónico con las instrucciones para acceder al certificado electrónico de inscripción.
  10. Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción de un seudónimo, la que podrá hacerse efectiva inmediatamente si cumple los requisitos legales.

Importante: por un costo adicional, puede solicitar la emisión electrónica del certificado de inscripción indicando esta opción al momento de realizar su solicitud o cuando lo desee, cancelando solo el valor por la emisión del certificado.

- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos. 
  2. Diríjase a la oficina del Departamento de Derechos Intelectuales (DDI), ubicada en Herrera 360, Santiago. Horario de atención: de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas.
  3. Explique el motivo de su visita: inscribir un seudónimo en el registro privado de seudónimos.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Pague el valor del trámite (según la opción que elija).
  6. Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción de un seudónimo, la que podrá hacerse efectiva inmediatamente si cumple los requisitos legales.

Importante: recuerde que debe, previamente, inscribirse en la plataforma web CRIN.

- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Envíelos por correo certificado al Departamento de Derechos Intelectuales (DDI), ubicado en Herrera 360, Santiago.
  3. Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción de un seudónimo, la que podrá hacerse efectiva inmediatamente si cumple los requisitos legales.

Importante: recuerde que debe, previamente, inscribirse en la plataforma web CRIN.

- Instrucciones trámite en el Consulado

10% de una Unidad Tributaria Mensual (UTM). El monto que el usuario debe pagar corresponde al mes en que se recibe la obra en las dependencias del Departamento de Derechos Intelectuales (DDI), no al mes de la fecha de envío.

El pago puede realizarlo en efectivo en las oficinas del DDI, a través de un depósito, por transferencia de fondos o mediante la modalidad en línea de la Tesorería General de la República. Los datos son:

  • Titular: Servicio Nacional del Patrimonio Cultural.
  • Cuenta Corriente BancoEstado: Nº 9002383.
  • RUT institucional: 60.905.000-4.
  • Correo institucional: propiedad.intelectual@dibam.cl.

Importante: si requiere conocer el monto de dinero exacto correspondiente a cada porcentaje, escriba a  propiedad.intelectual@patrimoniocultural.gob.cl o llame al +56 22 997 8345, 22 997 8346, 22 997 8347 o 22 997 8350.

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Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

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