Subsidio al Empleo, línea Protege Apoya

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Descripción

El Subsidio al Empleo, línea Protege Apoya, es un beneficio para trabajadoras y trabajadores, dependientes e independientes, que tengan el cuidado de niños y niñas menores de dos años, y que no tengan garantizado el derecho a sala cuna por parte de su empleador.

Adicionalmente, las madres y/o padres dependientes e independientes que tengan al cuidado un niño mayor de dos años, pero menor a cinco años, también pueden postular al subsidio.

El monto mensual de $200.000 se entrega directamente a los trabajadores o trabajadoras para el cuidado de los niños y niñas.

El beneficio se entrega por un plazo de tres meses.

Obtenga más información, y revise las preguntas frecuentes.

Este beneficio no se encuentra vigente. La postulación finalizó en junio de 2023.
  • Madres trabajadoras, dependientes o independientes, que tengan a su cargo el cuidado de un niño o niña menor de dos años.
  • Alternativamente, los padres trabajadores, dependientes o independientes, que tengan el cuidado personal de manera exclusiva, o aquel al que se le haya otorgado el cuidado personal de un niño o niña menor de dos años.
  • Madres y/o padres, que se desempeñen de forma dependiente o independiente, y tengan al cuidado de un niño mayor de dos años y menor a cinco años.

Deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Haberse reincorporado al trabajo, ya sea de forma presencial o en modalidad de teletrabajo, a distancia o mixta.
  • Registrar un mínimo de cotizaciones:
    • Trabajadoras dependientes: cuatro cotizaciones (salud y AFP) pagadas en los últimos 12 meses previos a la postulación. Una de estas cuatro cotizaciones debe ser del mes previo a la postulación. Ejemplo: si postula en diciembre de 2022, debe tener registrada la cotización de la remuneración de noviembre 2022 y al menos otras tres cotizaciones entre diciembre 2021 y octubre 2022. Se entenderá como cotización registrada, el cumplimiento de una de las siguientes condiciones:
      • Que se encuentren declaradas y pagadas las cotizaciones de AFP o salud; o
      • Que las cotizaciones de AFP y salud del trabajador postulante se encuentran declaradas y no pagadas en las respectivas instituciones previsionales.
    • Trabajadoras independientes: cotizaciones como independiente en la última operación renta (2022) con aporte total o parcial, o bien, cumplir con cuatro cotizaciones (salud y AFP) en los últimos 12 meses, con el último mes cotizado previo a la postulación. 

Incompatibilidades:

  • Se encuentren con licencia prenatal, postnatal y postnatal parental.
  • Estén haciendo uso del permiso y licencia médica por enfermedad grave del niño menor de un año.
  • Se encuentren haciendo uso del permiso y licencia médica por Ley SANNA.
  • En el caso de niños menores de dos años, las madres que estén contratadas por una empresa que está obligada a entregar beneficio de sala cuna, por tener contratadas a 20 o más mujeres.
  • Sean funcionarias o funcionarios de instituciones del sector público.
  • Madres extranjeras que no cuenten con RUN definitivo.
  • Niñas y niños extranjeros, que no estén inscritos en el Registro Civil. No son válidos los certificados de nacimiento emitidos por el país de origen, aunque estén apostillados.

Calendario de pagos:

Postulación en abril 2023:

  • Primer pago: por confirmar.
  • Segundo pago: desde el 12 de junio de 2023.
  • Tercer pago: a partir del 11 de julio de 2023.

Postulación en mayo 2023:

  • Primer pago: desde el 12 de junio 2023.
  • Segundo pago: a partir del 11 de julio de 2023.
  • Tercer pago: desde el 11 de agosto de 2023.

Postulación en junio 2023:

  • Primer pago: desde el 11 de julio de 2023.
  • Segundo pago: a partir del 11 de agosto de 2023.
  • Tercer pago: desde el 11 de septiembre de 2023.

El beneficio se entrega por un plazo de tres meses.

Suspensión del beneficio:

  • No declaración ni pago de cotizaciones durante dos meses, mientras dure el beneficio.

Extinción del subsidio:

  • Cumplimiento de dos años del niño o niña por el cual se otorgó el beneficio.
  • Fallecimiento del trabajador o trabajadora que recibe el beneficio.
  • Fallecimiento del niño o niña menor de dos años.
  • Término de la relación laboral del trabajador o trabajadora.
  • Licencias pre y posnatal.

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