Solicitar la vinculación del apoderado con el alumno (familias chilenas y extranjeras con RUN chileno) para postular al Sistema de Admisión Escolar (SAE)

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Descripción

Permite solicitar la vinculación consanguínea entre el apoderado o apoderada, y el alumno o alumna cuando la plataforma para postular al Sistema de Admisión Escolar (SAE) no reconoce el vínculo.

El apoderado o apoderada del o de la estudiante puede ser: padre, madre, abuelo, abuela, hermana, o hermano. También puede asumir este rol el tutor o tutora legal o simple.

Importante: si la cédula de identidad del alumno o alumna, y/o del apoderado o apoderada se encuentra vencida, no debe solicitar el IPE o el IPA

La solicitud de vinculación solo está disponible durante el período de postulación al SAE y se puede realizar en el sitio web y en las oficinas de atención ciudadana de Ayuda Mineduc.

Personas chilenas o extranjeras, mayores de 18 años, que cumplan el rol de apoderados o apoderadas de estudiantes que deseen postular al Sistema de Admisión Escolar (SAE), y la plataforma no reconozca la vinculación entre ambos. 

  • Cédula de identidad del apoderado o apoderada.
  • Cédula de identidad y/o certificado de nacimiento del o de la postulante.
  • Cédula de identidad de la madre, padre, abuela, abuelo, hermana, o hermano, si alguno de ellos se desempeña en el establecimiento educacional, ya que constituye un criterio de prioridad.

Importante: si la vinculación es con el tutor o tutora legal, debe adjuntar adicionalmente al menos uno de los siguientes documentos:

  • Inscripción de nacimiento del o de la estudiante con sub-inscripción al margen, en la que conste el acuerdo que determina el cuidado personal del o de la menor.
  • Escritura pública o acta extendida ante cualquier oficial del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI), en la que conste que el tutor o tutora cuidará al o a la menor. Este antecedente se entrega cuando no existe la sub-inscripción mencionada anteriormente.
  • Resolución judicial en la que conste que el tutor o tutora será responsable del cuidado del o de la menor de forma provisoria o definitiva. En caso de solicitar la vinculación de un tutor simple, a través de redes sociales o presencialmente, tendrá que entregar la declaración jurada simple firmada por el apoderado.

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