Descripción
La Permanencia Definitiva es el permiso concedido a las personas extranjeras para radicarse definitivamente en el país y que les permite desarrollar cualquier actividad lícita en Chile.
La solicitud debe ser enviada dentro de los últimos 90 días de vigencia de la visa de residencia temporal.
Revise los tipos de permisos para radicarse en Chile, las etapas de la tramitación de la Permanencia Definitiva y las preguntas frecuentes.
Si necesita más información, visite la guía "Ser migrante: vivir y trabajar en Chile".
Si realizó la solicitud de PEDE, puede revisar en línea el estado del trámite. También puede llamar al 101, opción 54, y luego digitar su RUN.
¿A quién va dirigido?
keyboard_arrow_downPersonas extranjeras que han cumplido con los plazos previstos con Visa de Estudiante, Temporaria o Sujeta a Contrato, que pretendan radicarse en Chile y que cumplan con los siguientes requisitos:
- Enviar la solicitud dentro de los últimos 90 días de vigencia de la visa de residente aunque no es condicionante, se puede enviar hasta el último día del a visa.
- Acreditar alguna actividad que les permita mantenerse en Chile.
- Haber sido titular de un permiso de residencia temporal en el país.
- No haber estado más de 180 días fuera de Chile durante la vigencia de la visa.
Detalles
keyboard_arrow_downRevise el paso a paso para postular en línea:
¿Qué necesito para hacer el trámite?
keyboard_arrow_down- Verifique si tiene los documentos requeridos para hacer la solicitud. También puede revisar la información en creol.
- Revise los requisitos y antecedentes solicitados según su caso y actividad que realiza en el país.
- Si realiza el trámite en línea, debe poseer ClaveÚnica y correo electrónico activo.
¿Cuál es el costo del trámite?
keyboard_arrow_downEl costo del permiso equivale a un 40% de un ingreso mínimo para fines no remuneracionales.
Menores de 18 años y el cónyuge de la persona chilena (con matrimonio inscrito en Chile) no deben pagar.
¿Qué vigencia tiene?
keyboard_arrow_downLa vigencia es indefinida. Sin embargo, el beneficio se pierde en caso de permanecer fuera del país ininterrumpidamente por más de un año.
Se podrá prorrogar la vigencia de la permanencia definitiva de aquellos extranjeros que, por razones de estudio o debido a enfermedad u otra causa justificada, estén impedidos de retornar a Chile dentro del año.
Esta prórroga deberá solicitarse dentro de los 60 días anteriores a su vencimiento. Revise más información.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
keyboard_arrow_down- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en "ir al trámite en línea".
- Una vez en el sitio web de trámites del DEM, en la opción "solicitud de permanencia definitiva", haga clic en "iniciar con ClaveÚnica".
- Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en "continuar". Si no posee ClaveÚnica, solicítela.
- Complete los datos requeridos, adjunte los antecedentes requeridos, y haga clic en "siguiente".
- Haga clic en "finalizar". Se enviará un comprobante de la solicitud a su correo electrónico.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la permanencia definitiva. El sistema le entregará un comprobante de "Permanencia Definitiva en trámite".
Importante:
- Revise el estado del trámite. También puede llamar al 101, opción 54, y luego digitar su RUN.
- Si envió su solicitud antes del 24 de enero de 2020, podrá descargar en el mismo sitio web el comprobante de solicitud en trámite de Permanencia Definitiva con su ClaveÚnica, siempre y cuando cumpla con la documentación, los requisitos y plazos legales.
- Si su "solicitud de Permanencia Definitiva en trámite" se encuentra vencida, podrá pedir la ampliación de la solicitud de Permanencia definitiva en el mismo sitio web. Una vez realizado este trámite, y siempre que se encuentre disponible, recibirá en su correo electrónico la ampliación por 180 días desde la fecha de vencimiento del documento actual.
Para los nacionales de Brasil, China, Perú, Cuba y Haití:
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la sucursal ChileAtiende más cercana a su domicilio.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la permanencia definitiva.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la permanencia definitiva. Se le entregará un comprobante de "permanencia definitiva en trámite".
Revise el estado del trámite en línea o llame al 101, opción 54, y luego digitar su RUN.
Marco Legal
keyboard_arrow_down- Decreto Ley (DL) Nº 1.094, de 1975, ley de extranjería y migración.
- Decreto Supremo (DS) Nº 597 de 1984, reglamento de extranjería.
- Circular 14, de 18 de junio de 2020, del Departamento de Extranjería y Migración.
- Resolución exenta 2933, del 12 de junio de 2020, de la Subsecretaría del Interior.