Suspensión y extinción de pensiones y aportes básicos solidarios (vejez e invalidez)

Última actualización:

Descripción

Además de otorgar la Pensión Garantizada Universal (PGU) y los beneficios de vejez e invalidez, el Instituto de Previsión Social (IPS) tiene la facultad de revisar la entrega de estos y puede suspenderlos o extinguirlos, en caso de que corresponda.

Debido a la contingencia producida por el Coronavirus, algunos plazos pueden sufrir flexibilizaciones, por lo que recomendamos consultar a ChileAtiende a través de algunos de sus canales de atención.

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

código de trámite
22290

Los usuarios también visitaron

Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV)

El Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) -reemplazado por la Pensión Garantizada Universal (P...

Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV)

Este beneficio permitía acceder a una pensión a quienes, desde los 65 años de edad, no tenían derech...