Obtener resolución de investidura de empleados públicos como ministros de fe

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Descripción

Permite a organismos públicos, y asociaciones de funcionarios y funcionarias obtener una resolución en la que consta que determinadas funcionarias y funcionarios están investidos para actuar como ministros de fe en:

  • El proceso de votación para que un organismo público se afilie o desafilie de una caja de compensación.
  • Actos internos de una organización sindical regida por la Ley Nº 19.296.
El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio web y oficinas de la Inspección del Trabajo, correspondiente al domicilio de la institución pública en la que se desempeña.

Organismos públicos, y asociaciones de funcionarios y funcionarias.

Las resoluciones de investidura se incorporarán a los antecedentes de la organización, pudiendo acceder a ellos a través de la "Ventanilla Sindical".

Importante: para realizar el trámite en línea, a través del portal Mi DT, es necesario contar con la ClaveÚnica.

- Instrucciones Trámite en línea
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Haga clic en “Ir al trámite en línea” y luego en “Iniciar sesión”.
  3. Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en “Continuar”. Si no la tiene, solicítela.
  4. Elija el perfil “Dirigente sindical”, y actualice sus datos si es primera vez que accede al portal Mi DT. 
  5. Complete el formulario, adjunte los antecedentes requeridos, y haga clic en “Generar resolución”. El sistema le permitirá descargar la resolución en PDF, documento que será enviado al correo electrónico registrado.
  6. Haga clic en “Salir” para finalizar el procedimiento.
  7. Como resultado del trámite, habrá solicitado la investidura como ministro de fe, resolución que podrá obtener inmediatamente.
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina de la Inspección del Trabajo que corresponda al domicilio del organismo público al cual pertenece.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar la investidura como ministro de fe.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado la investidura. Recibirá un comprobante que contiene el número de expediente de su solicitud.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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