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Coronavirus: Plan de vacunación - Retorno a clases - Bono Covid - IFE Covid - Beneficios e información

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Categoría: Bonos

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  1. Publicado por Bono de Emergencia COVID-19

    Bono de Emergencia COVID-19 →

    Trámite en Línea

    Es un beneficio no postulable, que otorga el Gobierno de Chile, anunciado como parte del Plan de Emergencia Económica, que beneficia a: Personas con Subsidio Familiar (SUF). En este caso, el SUF debe haber estado vigente al 29 de febrero de 2020. Recibirán $50.000 por cada causante del subsidio. Familias del Sistema Seguridades y Oportunidades (SSyOO). Estas personas deben haber estado incorporadas en ese subsistema al 29 de febrero de 2020. Se le entregará $50.000 por familia. Hogares que pertenezcan al 60% más vulnerable, según el Registro Social de Hogares (RSH), que no tengan ingresos formales por trabajo ni por pensión, y sin beneficios como el de Asignación Familiar. A ellos se les entregará $50.000 por hogar. El bono se paga sólo una vez. En caso de pertenecer a más de uno de esos grupos, los bonos no se suman. Ejemplo: si una persona tiene causantes de Subsidio Familiar (SUF) y al mismo tiempo está en el Subsistema de Seguridades y Oportunidades, recibirá sólo el beneficio correspondiente al grupo de personas con SUF. Revise la sección detalles para conocer cómo se realizan los pagos de este beneficio. El Gobierno no enviará mensajes de texto, correos o links para revisar el pago del Bono de Emergencia COVID-19. ¡Cuida tus datos! Estas situaciones son usadas para estafar a las personas. Infórmate solo por canales oficiales. Si no está como persona beneficiaria y considera que cumple con los requisitos, puede ingresar un reclamo en el mismo sitio web de consulta. Si desea conocer si está en el tramo del 60% más vulnerable, puede descargar la App Registro Social de Hogares (disponible para Android). En esta aplicación móvil podrá conocer y obtener su Cartola Hogar, en la que se indica su porcentaje de vulnerabilidad socioeconómica.   


  2. Publicado por Ministerio de Desarrollo Social y Familia

    Bono por Logro Escolar →

    Trámite en Línea

    Es un beneficio al cual no se postula y que forma parte del Ingreso Ético Familiar (IEF). Está destinado a estudiantes menores de 24 años, de entre quinto básico y cuarto medio, que pertenezcan al 30% de mejor rendimiento académico de su promoción. El beneficio se otorga a estudiantes cuyas familias pertenezcan al 30% más vulnerable de la población chilena, y se paga en dos tramos: $62.350: para estudiantes que se encuentren dentro del primer 15% de mejor rendimiento de su promoción. $37.412: para estudiantes que se encuentren dentro del segundo 15% de mejor rendimiento de su promoción. Por ejemplo: si una familia tiene dos integrantes que se encuentran en el primer tramo, y uno que pertenece al segundo, el bono será de 162 mil 812 pesos, con el siguiente desglose: $62.350 (primer tramo) + $62.350 (primer tramo) + $37.412 (segundo tramo). Al total se le suman $700 por el subsidio al pago electrónico (depósito bancario).  El bono es compatible con otras transferencias y subsidios otorgados por el Estado, por lo que el pago podría resultar fusionado con las demás transferencias del grupo familiar. El Bono por Logro Escolar 2020 se pagará durante septiembre por depósito en CuentaRUT. Revise si es beneficiario o beneficiaria haciendo clic en "consultar beneficio".   Si es beneficiario o beneficiaria podrá cobrar el bono en BancoEstado.Si usted tiene este beneficio, consulte la fecha de pago.


  3. Publicado por Servicio Nacional de Capacitación y Empleo

    Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) →

    Trámite en Línea

    Es un aporte en dinero que premia el esfuerzo de mujeres y jefas de hogar de las familias más vulnerables. Este varía de acuerdo con la renta que reciben, y se paga a aquellas que mantienen al día sus cotizaciones previsionales y de salud. Revise cómo funciona el pago. En caso de que el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas, puede dejar un reclamo a través de Buzón Ciudadano. Deberá indicar el período de pagos que ha sido suspendido y adjuntar la documentación timbrada y firmada, si corresponde. Este bono es incompatible con el Subsidio al Empleo Joven (SEJ) y con cualquier otro programa estatal de generación de empleo. Revise el calendario de pago mensual y anual. Consulte más información o diríjase a una de las oficinas regionales de Sence. La postulación se puede realizar durante todo el año en el sitio web de la institución.


  4. Publicado por Instituto de Previsión Social

    Bono Bodas de Oro →

    Trámite en Línea

    Es un beneficio económico que se otorga a parejas que demuestren 50 años de matrimonio, y cumplan con los requisitos establecidos por la ley. El valor actual del bono es de $337.847 y tiene las siguientes características: Se entrega una sola vez en partes iguales ($168.924 para cada cónyuge vivo). Debe ser solicitado en conjunto por los dos cónyuges. Una vez que el matrimonio cumple su 50º aniversario, tiene plazo de un año para realizar el trámite. Sin embargo, debido a la contingencia ocasionada por el Coronavirus, quienes cumplan los 50 años de casados entre el 8 de febrero de 2020 y el 8 de febrero de 2021, podrán presentar sus solicitudes hasta el 9 de febrero de 2022, salvo que se acorte o extienda la vigencia del Decreto Nº 4 del MINSAL. Desde diciembre de 2020 se puede solicitar a través de videollamada con un ejecutivo o una ejecutiva (debe habilitar la cámara de su dispositivo). El trámite se puede realizar durante todo el año. Debido a la contigencia generada por el Coronavirus, también se puede hacer de forma remota en las redes sociales y el formulario web de ChileAtiende.


  5. Publicado por Instituto de Previsión Social

    Aporte Familiar Permanente (ex Bono Marzo) →

    Trámite en Línea

    El Aporte Familiar Permanente es una cantidad de dinero (bono), reajustable en febrero de cada año, que se entrega a las familias de menores ingresos que cumplan los requisitos. Se entrega de la siguiente manera: Por carga familiar que al 31 de diciembre de 2020 haya dado derecho al cobro del monto del Subsidio Familiar, Asignación Familiar o Asignación Maternal (revise los requisitos y condiciones de acceso de estos beneficios). Por familia que, al 31 de diciembre de 2020, haya estado formando parte de los programas de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético Familiar) y Chile Solidario, aunque no haya recibido transferencias monetarias por esta causa.  El monto del beneficio para el 2021 es de $49.184. Desde el 12 de febrero podrán revisar la primera nómina de beneficiarios quienes reciben pagos habituales del IPS, en tanto que desde el 15 de marzo podrán hacerlo quienes reciben Asignación Familiar. Obtenga más información. Este es un beneficio al que no se postula. Las personas que cumplen los requisitos son identificadas como beneficiarias por las instituciones correspondientes. Si usted no aparece, puede realizar un reclamo en esta plataforma (con su RUN y fecha de nacimiento), indicando si es parte del proceso: 2020 (hasta el 31 de marzo de 2021) o 2021 (a partir del 15 de marzo de 2021). Para tener derecho al Aporte Familiar 2021, el pago de sus cargas familiares debe estar al día. Consulte con su empleador o empleadora, o en su caja de compensación. Las cargas familiares vencidas hasta septiembre de 2020, se les extendió su vigencia hasta diciembre de 2020. En tanto, las que vencieron entre octubre y diciembre de 2020, estarán vigentes hasta el 28 de febrero de 2021.


  6. Publicado por Instituto de Previsión Social

    Aguinaldo de Navidad para pensionados IPS →

    Es un beneficio monetario que se paga junto con la respectiva pensión de diciembre, a los beneficiarios que cumplan los requisitos. El monto base del aguinaldo de Navidad para este año es de $23.081, y solamente se pagará a aquellas personas que estén pensionadas al 30 de noviembre de 2020. Revise su fecha y forma de pago. Es importante conocer que el dinero del aguinaldo de Navidad no está afecto a descuentos. Además, no se considera para el pago de impuestos (no es tributable) ni de cotizaciones previsionales y/o de salud (no es imponible). Beneficiarios Personas que al 30 de noviembre de 2020 tengan alguna de estas calidades: Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Básica Solidaria de Vejez o de Invalidez. Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL). Pensionados de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS). Pensionados de Caja de Previsión de Dipreca y Capredena. Pensionados de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744. Pensionados de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech). Pensionados de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez). Beneficiarios de la indemnización compensatoria especial para la industria del carbón (Ley Nº 19.129, artículo 11). Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad Mental. Monto del aguinaldo y receptores del pago El monto base del aguinaldo 2020 es de 23 mil 081 pesos por pensionado. Éste se incrementará en 13 mil 040 pesos por cada persona que, al 30 de noviembre de 2020, el pensionado tenga acreditada como carga familiar, aunque no tenga derecho a cobrar Asignación Familiar porque su ingreso mensual es superior a $779.882 (es decir, pertenecen al tramo 4 según la Ley Nº 18.987). El incremento del aguinaldo deberá pagarse a quien perciba o hubiera podido percibir la asignación familiar en caso de que: Estas asignaciones sean recibidas por una persona distinta del pensionado. Hubiese podido percibir las asignaciones de no pertenecer al tramo 4. Incompatibilidades Las personas que perciben Asignación Familiar a causa de cargas que son beneficiarias de una pensión de sobrevivencia sólo tendrán derecho al aguinaldo en calidad de pensionadas, y no recibirán el incremento de 13 mil 040 pesos por esas cargas. Al respecto, los pensionados de orfandad se consideran carentes de renta y, por lo tanto, sí pueden ser carga familiar de otro. Cada beneficiario solo tendrá derecho a un aguinaldo, aun cuando goce de más de una pensión, subsidio o indemnización. Sobre este punto es importante saber que: Los funcionarios de planta o a contrata del sector público que puedan reclamar el beneficio solo percibirán en esta calidad la parte del aguinaldo que exceda de la cantidad que les corresponde como pensionados, beneficiarios del Subsidio por Discapacidad Mental o beneficiarios de la indemnización compensatoria de la industria del carbón (según sea el caso). En relación con lo anterior, deberá considerarse el total líquido que represente la suma de su remuneración y pensión, subsidio o indemnización. En todo caso, se considerará como parte de la respectiva pensión el monto que el pensionado perciba por concepto de Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez). Acceso malicioso al aguinaldo de IPS Quienes accedan maliciosamente al aguinaldo y a sus incrementos deberán restituir multiplicada por cinco la cantidad percibida en exceso, sin perjuicio de las sanciones administrativas y penales que pudieran corresponderles. Aguinaldo en el sector privado Para los empleadores, otorgar aguinaldo de Navidad a sus trabajadores no es una obligación de fuente legal (como sí lo son, por ejemplo, las gratificaciones). No obstante, un trabajador del sector privado puede tener derecho a recibir aguinaldo de Navidad en caso de que: Esté contemplado en su contrato de trabajo. Exista un contrato o convenio colectivo en el que el aguinaldo esté incorporado como cláusula. El empleador haya hecho esta concesión en una oportunidad anterior, pues se considera una cláusula tácita del contrato (protegida por la norma laboral). En estos casos, el aguinaldo sí puede ser exigido al empleador (empresa), como un derecho de los trabajadores Más información Si requiere más información, revise: El artículo 21 de la Ley Nº 21.196. Código del Trabajo.


  7. Publicado por Instituto de Previsión Social

    Inscripción para recibo de liquidación de pago →

    Trámite en Línea

    Permite a los pensionados y pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) inscribirse en IPS en Línea para recibir una copia de la liquidación de su pensión mensual en su correo electrónico. Desde octubre de 2020 se dejaron de enviar las copias de liquidaciones de pago en papel al domicilio de quienes reciben pagos por depósito en cuentas. El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio de IPS en Línea.


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